Este sábado el Servel publicó la nómina definitiva de vocales de mesa que deberán participar en las elecciones primarias municipales del 19 de junio, quienes ya no pueden presentar excusas. 

Esto, luego de que en la publicación de la semana pasada, quienes hayan sido llamados a cumplir este deber cívico, tuvieran hasta el miércoles para presentar sus excusas para asumir su labor en las mesas receptoras de sufragios.

Según datos del Servicio Electoral, para este proceso se requieren 29.240 vocales, quienes deberán constituir un total de 5.848 mesas. 

Para saber si eres parte de estos convocados, puedes revisar pinchando el siguiente ENCLACE o la imagen a continuación:

¿Pagarán por trabajar como vocal? ¿Cuánto? ¿Cuál es la multa si decido no participar? Responde a continuación todas tus dudas: 

¿Qué es un vocal de mesa?

Es el ciudadano designado por la Junta Electoral para cumplir la función de recibir los votos que emitan los electores y de realizar el primer escrutinio, entre otras funciones que encomienda la Ley N° 18.700.

¿Qué es un miembro del colegio escrutador?

Es el ciudadano designado por la junta electoral para cumplir la función de reunir las actas de los escrutinios realizados en las mesas receptoras de sufragios y sumar los votos que en ellas se consignen.

Los colegios escrutadores son determinados por resolución del Servicio Electoral, que indica la localidad de funcionamiento y la cantidad de mesas que les corresponderá escrutar. No podrán escrutar más de 200 mesas receptoras, así como tampoco deliberar ni resolver sobre cuestión alguna relativa a la validez de la votación.

¿Cuántos vocales tiene como máximo una mesa?

Cada mesa receptora de sufragios se compondrá de cinco vocales.

¿Con cuántos vocales se puede constituir una mesa?

La mesa receptora de Sufragios podrá constituirse e instalarse con un mínimo de 3 (tres) vocales.

¿Hasta cuando un vocal se puede excusar?

El plazo para presentar las excusas ante el Secretario de la Junta Electoral, venció el pasado miércoles 1 de junio. Por lo que las personas que fueron seleccionadas como vocales de mesa y que no presentaron causales para ausentarse, tendrán que cumplir con su deber cívico.

¿Es obligatorio ejercer como vocal?

Pese a que el voto es voluntario (con inscripción automática), el cargo de vocal de mesa sigue siendo obligatorio, incluido en caso de primarias. 

¿Qué pasa si la persona designada no cumple su función?

Las personas designadas como vocales o miembros de Colegios Escrutadores, que no concurran a desempeñar sus funciones, incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 U.T.M., es decir, aproximadamente entre $ 79.500.- y $ 318.000.- (artículo 138 de la Ley Nº 18.700).

¿Es pagado el trabajo de vocal de mesa?

Sí. Según la ley Ley orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios, quien trabaje como vocal de mesa recibirá un bono equivalente a 2/3 de Unidad de Fomento (UF), es decir, 17.300 pesos aproximadamente. 

Además, existe un monto adicional de 0,22 UF ($5.700 aproximadamente) para los vocales nuevos, que tengan que asistir a capacitación.

Dicho bono no constituirá remuneración o renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable y no estará afecto a descuento alguno.

Debuta un nuevo sistema de pago 

Según explicaron a T13.cl desde la Tesorería General (entidad encargada de realizar los pagos), en estas primarias debutará un nuevo sistema de entrega del dinero para los vocales de mesa. 

Se trata del pago "cash", que es una suerte de vale vista virtual que puede ser cobrado en cualquier oficina de BancoEstado o ServiEstado, presentando su cédula de identidad.

Este nuevo sistema se suma al ya existente de depósito en las cuentas bancarias. 

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