Nos encontramos a pasos agigantados para que se inicie la declaración de la Operación Renta 2026, proceso que algunos usuarios, que cumplan con los requisitos, deberán realizar sí o sí. 

Se trata de un trámite en el que las personas o empresas tendrán que declarar sus ingresos anuales. 

El trámite se podrá realizar de manera presencial u online.

¿Quiénes deben declarar en la Operación Renta 2026? 

En general, todas las personas que hayan recibido ingresos durante el 2025 deberán completar su correspondiente declaración. 

Esto, a menos de que haya tenido el mismo empleador durante todo el año y que éste haya realizado correctamente la retención de impuestos. 

Eso sí, existen casos en los que el trámite es obligatorio. Esto corresponderá a las personas que hayan: 

  • Tenido ingresos anuales superiores a $10.901.628,01 (salvo que correspondan a sueldo de un solo empleador). 
  • Tenido más de un empleador o pagador. 
  • Trabajado a honorarios y quieran optar a la cobertura parcial para tus cotizaciones previsionales. 
  • Creado un emprendimiento durante el año anterior (se recibieran ingresos por la venta de productos y/o prestación de servicios). 
  • En el caso de las empresas, todas tienen que presentar su Declaración de renta. 

Vale recordar que las personas que generen ingresos a través de internet, como comisiones, venta de productos propios, marketing de afiliación, patrocinios o publicidad o ventas "Pago por ver", también deberán efectuar este proceso. 

Cabe consignar que el proceso estará basado en las previas boletas emitidas durante el año anterior. 

¿Cuándo se debe hacer la Operación Renta?

Las declaraciones para realizar el trámite de la Operación Renta se habilitarán a partir del 1 de abril. 

Ojo: el proceso de las Declaraciones Juradas (DDJJ) se presentan entre enero y finales de marzo, por lo que el proceso como tal inicia antes. 

¿Qué pasa si no hago la Operación Renta? 

Es importante señalar que las personas que deban realizar el trámite y no lo hagan a tiempo, pueden recibir multar, intereses, bloqueo de trámites ante el SII o la pérdida de eventuales devoluciones.

Lo anterior, sobre todo si el usuario cuenta con impuestos a pagar. 

Asimismo, el usuario quedará registrado como "no declarante".

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