Convención Constitucional

Jaime Arancibia: "El borrador de la nueva constitución se asemeja más a las de Bolivia y Venezuela"

Jaime Arancibia: "El borrador de la nueva constitución se asemeja más a las de Bolivia y Venezuela"
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Jaime Arancibia, abogado de la PUC, Doctor en Derecho por la U. de Cambridge y Director del Departamento de Derecho Público de la U. de los Andes, comenta sus visiones respecto al debate constitucional actual, los 2/3, la labor de los convencionales, y compara las características del borrador con otras constituciones.

- ¿A su juicio cómo ve el panorama actual de la discusión constitucional en el país?

El debate está en plena efervescencia, con un esfuerzo importante de los actores por informar a los ciudadanos acerca de las alternativas plebiscitarias y de sus efectos, así como de ganar adhesión para una u otra opción.

-¿Cuáles son los aspectos que usted más valora del borrador de la Nueva Constitución?

Valoro la mención de otros derechos sociales (alimentación, agua, vivienda, energía y apoyo al trabajo doméstico y de cuidado), el reconocimiento de la cultura de los pueblos indígenas, la paridad entre hombres y mujeres y el principio de responsabilidad y sostenibilidad fiscal. Asimismo, el acceso a cargos públicos por mérito y concurso y el trabajo decente y compatible con la vida familiar. Mencionaría también el cuidado de la naturaleza y la exigencia explícita de que los tribunales y los jueces deben ser independientes e imparciales, así como otras exigencias del debido proceso.

-¿Y cuáles son los artículos o aspectos del borrador que menos le gustan y por qué?

No comparto ninguno de los aspectos que se alejan de una Constitución óptima para Chile según nuestra idiosincrasia, historia y necesidades sociales. Es preciso definir ese ideal para que quede de manifiesto aquello que se aleja de él.

Pienso que la mejor Constitución para Chile es una que asegure un régimen de gobierno con poderes equilibrados o balanceados, un sistema electoral que asegure gobernabilidad con partidos políticos sólidos, no atomizados y de ideales democráticos, bicameralismo equilibrado con resguardo de intereses regionales, soberanía unitaria, administración y judicatura no sujetas a influjo partidista, y prevención de riesgos de demagogia y populismo.

- ¿Como debería ser una constitución óptima para Chile?

Una Constitución óptima para Chile debería reconocer la participación “plena” de las personas en el bien común. La participación no puede quedar reducida a opiniones o votos en procesos estatales, pues debe comprender también la contribución con el propio talento y creatividad en todas las áreas del quehacer humano, lo que supone pluralismo y no estatismo en la prestación de servicios y bienes. La Constitución debe reconocer, además, la esencia de los derechos fundamentales, para evitar fracasos como el de la Constitución de Weimar. En especial, el derecho a la vida de todo ser humano, la igualdad ante la ley, el ejercicio del culto en los templos sin pagar tributo por ello.

Chile necesita, además, una Constitución con validación popular y técnica, respetuosa de la tradición constitucional y de las instituciones centenarias, reducida a aspectos fundamentales, sincrónica con nuestros siglos de mestizaje y vanguardista, para afrontar los desafíos que impone el dinamismo del siglo XXI. Esto supone reconocer, explícitamente, principios tan relevantes para el derecho constitucional moderno y la seguridad jurídica como la proporcionalidad y la confianza legítima.

– ¿Cuál es la principal diferencia en contenido que ve del borrador y la Constitución del 80? O incluso de constituciones anteriores.

La principal diferencia de contenido está en el mayor riesgo de autoritarismo que se produce por la concentración del poder legislativo en menos personas (bicameralismo desequilibrado), el control político del Poder Judicial (Consejo para la Justicia) y el menor control de constitucionalidad de las leyes. Una segunda diferencia importante es que desaparece la igualdad ante la ley de todos los chilenos y la soberanía queda fragmentada en la práctica. Una tercera diferencia es que hay regresión en el resguardo de ciertos derechos fundamentales como la vida, la libertad de culto, la propiedad y el derecho de los privados a contribuir al bien común mediante el desarrollo de actividades de interés público, lo que también debilita el derecho de elección de los beneficiarios o usuarios. Desaparece también la cláusula de resguardo de la esencia de los derechos, clave de la Constitución alemana de 1948 para dejar atrás los horrores del nazismo. Una cuarta diferencia es que hay mayor riesgo de demagogia y populismo en la reelección del Presidente de la República y en la posibilidad de que los parlamentarios gocen de iniciativa de ley en materia de gasto.

- ¿Qué es lo que diferencia a este borrador con el resto de constituciones del mundo?

Me valgo de las palabras del Convencional y profesor de Derecho Agustín Squella en una entrevista a Emol TV el pasado martes para decir que es un experimento bastante único y sin garantías de que funcione: “A mí me complica el carácter experimental que va a tener el sistema político que adoptamos”, “… hay allí, admitámoslo, un experimento: presidencialismo atenuado, bicameralismo, un congreso de diputados claramente con más atribuciones que una cámara regional, bien, va a ser un experimento, veremos lo que pasa con él, y quedémonos con la tranquilidad de que siempre habrá esos mismos órganos con los que estamos experimentando la posibilidad de que en el futuro, incluso antes de dos años, de hacer ajustes…”.

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- Y ¿a cuál se asemeja más?

Diría que se asemeja más a las cartas magnas de Bolivia, Ecuador y Venezuela que a la de países desarrollados, en circunstancias de que los convencionales tenían a la vista las constituciones de países desarrollados.

-¿Qué opinión le merecen los 2/3 y los 4/7 que han sido muy discutidos por los partidos? Por ahí algunos decían que Fernando Atria parecía Jaime Guzmán por defender los 2/3 (Alfredo Joignant)

Soy partidario de una Constitución cuyo quorum de reforma sea 3/5, para las reformas constitucionales que hoy exigen 2/3 y de 4/7 para las materias que hoy exigen 3/5.

-¿Qué le parece la discusión de aumentar los quórums, las propuestas son 4/7, pero por las normas transitorias son 4/7+plebiscito?

No estoy de acuerdo con fijar transitoriamente un quórum de reforma aumentado. A todas luces, parece una jugada para dejar sin margen de acción al Congreso actual, que ha sido elegido democráticamente. Es un abuso de la forma constitucional como diría Fernando Atria. Él cita en su libro “La Constitución Tramposa” la siguiente frase de Jaime Guzmán, refiriéndose a la Constitución de 1980: “Si llegan a gobernar los adversarios, se vean constreñidos a seguir una acción no tan distinta a la que uno mismo anhelaría, porque –valga la metáfora– el margen de alternativas que la cancha imponga de hecho a quienes juegan en ella, sea lo suficientemente reducido para hacer extremadamente difícil lo contrario”. Juzgue usted si el aumento transitorio de quórum que me consulta no está basado en la misma lógica.

El recurso permanente al plebiscito como sustituto de la democracia representativa también es riesgoso. Pierre Rosanvallon, filósofo socialista francés, explica que la democracia populista se vale del referendo para reducir la participación política del pueblo, haciéndolos adherir a una oferta ya constituida, donde el poder de todos se traduce en un simple número. Por eso que es un instrumento típico de los líderes que desean perpetuarse en el poder: Napoleón, Pinochet, Fujimori, Putin, Correa, Morales, etc.

-¿Cree que los quorum constitucionales deben ser mayores que los de ley simple?

Desde luego, si es que queremos que la Constitución sirva para algo. La idea misma de Constitución supone la existencia de límites de afectación de los derechos de las personas que no pueden ser sobrepasados ni siquiera por una mayoría parlamentaria absoluta. Para que esto sea así, el quórum constitucional debe ser supramayoritario. De esta forma nos aseguramos vivir en una democracia y no en una “democradura”, como diría el mismo Rosanvallon.

-¿Qué le parece que los convencionales estén haciendo cambios en temas más de fondo?

Pienso que todos los cambios al articulado permanente son admisibles antes del plazo de extinción de la Convención, siempre y cuando sean consensuados por los dos tercios del pleno. Sin embargo, la utilización de las disposiciones transitorias para regular temas diferentes de modo permanente envuelve una desviación de fin y de procedimiento que sería inconstitucional.

-¿Qué le parece el rol de Fernando Atria? ¿Y el de Marcos Barraza? Cree que se le pueda poner un apellido a esta constitución (Atria o Barraza)

Cada convencional ha procurado cumplir su rol del mejor modo posible, con un alto grado de sacrificio personal y familiar, procurando defender sus ideas. Dado que ningún convencional logró plasmar la mayoría de sus pretensiones en el texto final del borrador, sería injusto atribuirle la autoría del texto a uno en particular.

- Usted es profesor universitario desde hace 20 años más o menos ¿Qué nota le pondría al borrador y por qué? Y ¿Qué nota le pondría a la Convención Constitucional?

Las notas no se ponen a las personas sino que a sus respuestas o trabajos académicos. Por eso que sólo pondría nota al borrador. Las cosas negativas del texto son muy superiores en cantidad y entidad a las positivas, razón por la cual lo reprobaría académicamente.

-Según información de la última encuesta CEP, el 45% de las personas aprobarían la constitución porque “Chile necesita cambios”, en tanto el 59% de las personas que rechazarían por “las características de los convencionales y su trabajo” ¿Comparte esa apreciación?

Coincido en que Chile necesita cambios, sobre todo en materia de régimen político y subsidios sociales, pero no aquellos que propone la Convención en estos asuntos. Además, si queremos ser un país maduro constitucionalmente, las mejoras a la Carta Magna deben producirse mediante cambios validados popular y profesionalmente, y no a través de refundaciones que desprecien la voz de la historia y de los técnicos.

– ¿Qué le parece la formula o innovación de bicameralismo simétrico que establece el borrador, que termina con el sistema de pesos y contrapesos de las dos cámaras?

Comparto nuevamente con Agustín Squella que se trata de una mala fórmula porque produce concentración y desequilibrio de fuerzas al interior de la legislatura. Estando el poder legislativo (Congreso) en menos manos, disminuye la representatividad democrática y aumenta el riesgo de autoritarismo.

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