La nueva defensa de Rabat: ministro de Justicia sostiene que 36 de 56 rebajas de condenas pasaron previamente por tribunales
Agencia Uno - Fernando Rabat, ministro de Justicia
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Poder Judicial. En medio de la controversia por las rebajas de condenas concedidas a 56 personas condenadas por delitos sexuales contra menores, el ministro de Justicia señaló que buena parte de los beneficiados había obtenido previamente resoluciones favorables de los tribunales de justicia.
- Según una revisión realizada por la cartera, 36 de los 56 casos habrían pasado por tribunales antes de que se dictaran los decretos.
- El argumento del ministerio es que los beneficios no surgieron de una decisión discrecional del ministro Fernando Rabat, sino que fueron precedidos por pronunciamientos judiciales que obligaron a las comisiones de reducción de condena a reconsiderar solicitudes que inicialmente habían rechazado.

El proceso paso a paso. La legislación permite a los presos reducir sus penas por “comportamiento sobresaliente”. El beneficio consiste en descontar dos meses por cada año de condena cumplido. El procedimiento contempla varias etapas:
1. Gendarmería: reúne los antecedentes del condenado, incluyendo su comportamiento en prisión, actividades laborales, estudios e informes de conducta, y los entrega para su evaluación.
2. Comisión de reducción de condena: examina los antecedentes de cada interno. Existe una comisión por cada corte de apelaciones: la preside un ministro de esa corte y la integran entre tres y siete jueces penales; un abogado designado por el Ministerio de Justicia; un psicólogo y un asistente social.
3. Seremi de Justicia: si la comisión reconoce el comportamiento sobresaliente, el condenado puede solicitar formalmente la rebaja. La Seremi verifica que cumpla los requisitos legales y envía los antecedentes al Ministerio de Justicia donde la División de Reinserción Social estudia el caso.
4. Ministro de Justicia: dicta el decreto que concede o rechaza la reducción de condena. Rabat sostiene que su cartera solo puede verificar requisitos objetivos y no volver a evaluar la conducta del preso.
Qué se le reprocha a Rabat. En 2022 se modificó la ley para excluir del beneficio a condenados por delitos sexuales contra menores. Durante el gobierno de Boric, el Ministerio Justicia mantenía el criterio de rechazar administrativamente estas solicitudes, por lo que los condenados debían recurrir a tribunales si querían obtener las rebajas. Sólo en el caso que la Corte lo obligara, el gobierno firmaba el decreto con el beneficio.
- Rabat inicialmente siguió ese criterio, pero a partir de mayo comenzó a conceder los beneficios sin exigir una sentencia judicial contra el ministerio en cada caso.
- Cuando estalló la polémica, el ministro argumentó que existía jurisprudencia de la Corte Suprema en favor de los reos. Sin embargo, el máximo tribunal no ha mantenido un criterio uniforme en este asunto y la oposición sostiene que no estaba obligado a entregar el beneficio a todos los condenados y que cambió el criterio sin necesidad.
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Nueva explicación del ministro. La nueva defensa de Rabat es que numerosos condenados cuyos beneficios habían sido rechazados en primera instancia por la comisión revisora acudieron de amparo a la Corte de Apelaciones, que obligó a las comisiones a reincorporar sus casos. Con esos fallos favorables del tribunal y una vez reconocidas las rebajas y verificados los requisitos legales, correspondía concederlas, señala el ministro.
- Este martes, durante su exposición ante la comisión de Constitución del Senado, Rabat sostuvo que, de los 56 casos en que su cartera determinó que procedía el beneficio, cerca de 40 tenían recursos de amparo previos en tribunales contra las decisiones de las comisiones que los habían excluido.
Los fallos. Ex-Ante tuvo acceso a antecedentes de 29 resoluciones judiciales reunidas por el Ministerio de Justicia: 16 de cortes de apelaciones y 13 de la Corte Suprema, dictadas entre 2023 y 2026.
- Entre ellos figura Germán Leal Sáez, condenado a 20 años de prisión, quien apareció en dos recursos colectivos acogidos por la Corte de Apelaciones de Valdivia y posteriormente recibió una rebaja de 36 meses.
- Otro caso es el de Domingo Astudillo Chacana, condenado a 17 años, quien obtuvo pronunciamientos favorables de la Corte de Valparaíso antes de recibir una reducción de 31 meses mediante un decreto firmado por Rabat.
- Si bien, los antecedentes judiciales respaldan que numerosos condenados lograron revertir decisiones de las comisiones revisoras, las órdenes de reconsiderar sus solicitudes no equivalen necesariamente a concederles una rebaja de condena.
- En general, las cortes instruyeron a las comisiones volver a calificar la conducta de los internos, aplicar la legislación correspondiente o mantener meses de reducción previamente reconocidos. La formalización de los beneficios requería posteriormente un decreto del Ministerio de Justicia.
La explicación de Rabat. “Uno no puede sino cumplir una sentencia ejecutoriada de las cortes o de los tribunales superiores del país”, sostuvo el ministro.
- Explicó que, una vez que las comisiones califican la conducta de los condenados, al Ministerio de Justicia le corresponde verificar el cumplimiento de requisitos objetivos, sin volver a ponderar el mérito de las solicitudes. “No hay ponderación ni análisis del mérito de la solicitud porque ello ya se agotó en el procedimiento reglado en las etapas anteriores”, sostuvo.
- Aunque el Presidente José Antonio Kast resolvió mantenerlo en el cargo, el ministro enfrenta crecientes presiones para que renuncie, incluso desde sectores del oficialismo. A ello se suma la posibilidad de una acusación constitucional impulsada por la oposición y una denuncia presentada ante la Fiscalía. Este miércoles, Rabat deberá comparecer ante una sesión especial de la Cámara de Diputados para explicar las controvertidas rebajas de condenas.
- Según Cadem 77% desaprueba la gestión de Rabat en rebaja de condenas y 64% rechaza la decisión de Kast de mantenerlo en el cargo.
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