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Agresión a Mark González: ¿Qué dice la actual normativa sobre el acceso y tránsito en cerros?

Agresión a Mark González: ¿Qué dice la actual normativa sobre el acceso y tránsito en cerros?
Pablo Cádiz
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En medio del revuelo generado por el caso, parlamentarios buscan acelerar la tramitación de un proyecto que busca regular el acceso a cerros o montañas que son de propiedad privada y que corresponden al 30% del total. Bienes Nacionales anunció una mesa de trabajo para buscar soluciones a este tipo de conflictos.

"Salí corriendo. Por eso me salvé (...) Pensé que me mataban". La frase da cuenta de la traumática situación que vivió este lunes el futbolista Mark González mientras realizaba un paseo junto a su familia en el cerro Loma Larga, cercano a su domicilio, en la comuna de Lo Barnechea. 

El ex seleccionado nacional relató los hechos luego que se viralizara un video donde un grupo de cuatro personas -una arriba de un caballo- se acercan a González y lo agreden, tras lo que el futbolista intenta defenderse.

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“Avanzamos 20 metros y nos increparon. A Maura (Esposa de González) y a su amiga las agredieron verbalmente y ahí se vinieron hacia nosotros. Ahí nos empiezan a amenazar con unas piedras tremendas, yo nunca hice gesto de nada. Pensé ‘aquí me matan con una piedra en la cabeza o no sé'", relató a La Tercera. 

El caso del futbolista ha generado reacciones no solo en lo deportivo. El diputado Sebastián Torrealba (RN) afirmó que este miércoles se votará en la Comisión de Vivienda de la Cámara un proyecto de ley que, precisamente, busca regular el acceso a los cerros, una materia que -hasta la fecha- cuenta con escasa regulación.

La iniciativa ha sido apodada como la "ley Juan Pablo Mohr", en homenaje al fallecido montañista chileno, de quien se perdió todo rastro a inicios de febrero de 2021 en el K2, la segunda montaña más alta del planeta. 

¿Qué dice la actual normativa sobre el desplazamiento en cerros?

Poco. A diferencia de lo que ocurre con los ríos y playas, que están consagrados en el Código Civil como bienes de uso público, las montañas en Chile comparten una propiedad mixta, entre terrenos fiscales y privados. 

De acuerdo a cifras del Ministerio de Bienes Nacionales del año 2017, en Chile existen 47.767.300 de hectáreas en superficies de montañas, de las cuales 29.161.268 hectáreas corresponden a terrenos fiscales, lo que equivale al 70%.

El problema -como fue el caso de Mark González- radica en ese 30% de terrenos que son de propiedad privada.

Junto con condenar la agresión, el ministro de Bienes Nacionales, Julio Isamit, afirmó: "para que eso no vuelva a pasar, sabiendo que son terrenos privados, vamos a convocar a una mesa de trabajo con los alcaldes, con propietarios y sociedad civil para que las personas y familias puedan llegar con tranquilidad a esos lugares".

En cuanto a los terrenos que son estatales, la cartera se encuentra preparando un visor territorial para facilitar su acceso.

Adicionalmente, Isamit recordó que el el Congreso se tramita un proyecto de ley que busca regular este tipo de casos. Al respecto, el diputado Sebastián Torrealba, quien es autor de la iniciativa, explicó a T13.cl que lo que se busca es "que ningún chileno no pueda tener acceso a un bien fiscal de montaña". Y, que en caso de que acceso esté obstaculizado por un terreno privado, su propietario deberá garantizar una servidumbre de paso.

"Lo que le pasó a Mark González es un problema entre privados, pero como la ciudadanía se ha volcado a los cerros ese es un problema que se debe resolver, y ahi los municipios tienen un rol que jugar", explica el diputado, quien pone como ejemplo el caso del Cerro Manquehue, que durante años enfrentó a sus propietarios con los excursionistas y que, a partir del rol de los municipios, pudo ser resuelto.

Así las cosas, el proyecto que se votará esta semana en la Comisión de Vivienda busca, entre otras cosas definir los territorios de montaña como todas aquellas formaciones geológicas que alcancen los 400 metros de prominencia y/o al menos un 35% de la altitud de la cumbre más alta de la región en la que la propiedad se emplaza, salvo para las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta y Atacama, en las cuales se entenderá como cumbre principal aquellas que tengan una altitud superior a los 5.000 metros sobre el nivel del mar.

Y se busca definir como vías de acceso a todos los caminos, senderos, y obras que se realicen para permitir el acceso a los territorios de alta montaña.

La normativa, además, busca consagrar una serie de principios en torno al uso de dichos territorios. Uno de ellos la seguridad, entendido como el deber de asegurar que los accesos cuenten con medidas apropiadas para evitar accidentes y para prestar socorro y rescate si fuera necesario.

Junto con esto se busca consagrar el deber tanto de quien administra como de quien accede a los territorios de altas cumbres de montaña "a prevenir la producción de cualquier pérdida, disminución, deterioro o perjuicio al medio ambiente".