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Cámara aprueba proyecto de ley que indemniza a víctimas del "Estallido Social"

Cámara aprueba proyecto de ley que indemniza a víctimas del "Estallido Social"
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La normativa ahora pasa al Senado, pero desde el oficialismo hicieron reserva de constitucionalidad y apuntaron que debería incluirse a las pymes afectadas por saqueos y daños.

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto de ley que entrega indemnizaciones a las víctimas del “Estallido Social” de 2019.

La normativa contempla que las víctimas de lesiones, en el marco de las protestas registradas en Chile como respuesta al alza de $30 pesos al valor del pasaje del Metro en Santiago y que derivó en manifestaciones a nivel nacional, accedan a un procedimiento judicial rápido y expedito.

Dicha iniciativa establecería disminuir el estándar probatorio para que las víctimas accedan a justicia reparatoria, tomando como base que el Estado incurrió en una falta de servicio al no proteger los derechos a la vida, la integridad física y psíquica de los manifestantes o quienes estaban presentes en el lugar donde se desarrollaron protestas.

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A su vez, se entenderá como víctima a toda persona que, individual o colectivamente, hubiese sufrido lesiones psíquicas o físicas, mutilaciones, torturas, apremios ilegítimos, vejaciones, violencia sexual o incluso muerte como consecuencia de acciones u omisiones de agentes del Estado.

Lo anterior sin perjuicio de que las personas hayan estado participando en movilizaciones ni de las investigaciones que se estén realizando en su contra o enfrentando condenas, tanto a nivel nacional como internacional.

De paso, se considerará víctimas a familiares o personas a cargo que tengan relación inmediata con la persona afectada y se presumirá como tal a quienes hayan hecho denuncias ante organizaciones vinculada a la defensa o promoción de los Derechos Humanos.

Tal como quedó el proyecto, la indemnización que deba otorgarse será apropiada y proporcional a la gravedad de la vulneración, considerando los perjuicios económicamente evaluables que sean consecuencia de las violaciones a las normas de derecho internacional de los Derechos Humanos.

Cabe mencionar que las responsabilidades del Estado deben ser acreditadas ante un tribunal competente y que el daño moral no debe ser probado, sino que será presumido, correspondiendo al tribunal determinar su cuantía.

Por lo pronto, la iniciativa pasará a su segundo trámite en el Senado, mientras que entre los parlamentarios se consignaron rechazos a la normativa desde el oficialismo, argumentando que debería indemnizarse también a quienes se vieron afectados por saqueos y daños, como las pymes.

De paso, el diputado Jorge Alessandri (UDI) hizo reserva de constitucionalidad, pues considera que el proyecto afecta el debido proceso garantizado por la Constitución.

 

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