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Comienza el camino hacia las 40 horas: Mira las FECHAS de la reducción de jornada laboral

Agencia Uno - Reducción jornada laboral
Camilo Calderara
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En pocos días se cumple un año de la entrada en vigencia de la nueva ley, y con ello los primeros cambios en las jornadas laborales de los trabajadores y trabajadoras.

Este 26 de abril se cumple un año de la publicación en el Diario Oficial de la Ley de 40 Horas y con ello se implementa el primer paso de la nueva normativa que reduce la jornada laboral de manera paulatina. 

La propuesta presentada en 2019 por la entonces disputada y hoy ministra Camila Vallejo fue aprobada en abril del 2023, tras alcanzar un amplio acuerdo en el Congreso, el que permitirá que millones de trabajadores trabajen cinco horas menos en la semana, en los próximos años. 

Agencia Uno - Ley de 40 horas
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Si bien la norma fue promulgada el 1 de mayo del 2023, para el Día de los Trabajadores y Trabajadoras, cinco días antes ya había entrado en vigencia la ley que establece expresamente que la disminución de la jornada laboral será de forma paulatina, en cinco años.

Cuándo comienza la reducción de jornada laboral con las 40 horas

La ley establece que un año después de la entrada en vigencia de la ley, la jornada laboral se reducirá de 45 a 44 horas a la semana. Es decir que todos los trabajadores y trabajadoras trabajarán una hora menos a la semana, y esto será lo que comienza a correr a partir de este 26 de abril. 

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La misma ley establece que tres años después de la entrada en vigencia de la ley, es decir, el 26 de abril del 2026, la jornada laboral se reducirá a 42 horas semanales.

Cinco años después, es decir, en 2028, comenzará la implementación total de la ley y todos los trabajadores y trabajadoras deberán trabajar un máximo de 40 horas a la semana. 

¿Cómo se van a aplicar las 40 horas?

Desde el Gobierno de Gabriel Boric explicaron que “todas las personas que están afectas al Código del Trabajo” van a ver reducida su jornada laboral. Las jornadas ordinarias, es decir, quienes trabajan de lunes a viernes, verán reducida su jornada en 40 horas; mientras que las jornadas especiales con las trabajadoras de casa particular, quienes hacen turno o están bajo el artículo 22 también serán reguladas con medidas distintas.

Algunas de estas medidas especiales serán las jornadas de 4x3, es decir, trabajar cuatro días a la semana y descansar tres, pero cumpliendo con las 40 horas de trabajo a la semana. Otra medida es trabajar horas extras y, en lugar de canjearlas por su remuneración, el trabajador o trabajadora podrá tener hasta cinco días compensados al año.

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También existirá la “jornada mensualizada”, en la que en lugar de cumplir las 40 horas a la semana, se hará y compensará en un mes. Así, una semana podrías trabajar 45 horas y la otra 35. Sin embargo, eso deberá estar regulado con el sindicato para no pasar esos límites.

Otra modificación que hace la norma es restringir el uso del inciso segundo del artículo 22 del Código del Trabajo, sobre excepción de jornada. Aquí, se limitan los supuestos de exclusión de jornada de trabajo y sólo quedan en dicha condición quienes ejercen labores de alta gerencia dentro de una empresa, así como quien no esté sometido a fiscalización superior de acuerdo con la naturaleza de sus funciones. Se establece un procedimiento de reclamación ante la Dirección del Trabajo en caso de controversia y a petición de cualquiera de las partes.

Quienes tengan dudas de su horario laboral, y si están sujetos bajo el artículo 22 del Código del Trabajo, que excluye de los límites de horas laborales semanales a ciertos trabajadores y trabajadoras, podrán consultar en la Inspección del Trabajo.

La ley, de todos modos, establece diferencias para los trabajadores de transporte terrestre, tripulantes de vuelo y cabina y trabajadoras de casa particular, entre otros. Si quieres conocer el detalle de tu profesión u oficio, lo puedes revisar en el siguiente documento.

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