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En qué consiste la ley que regula los registros audiovisuales en los actos policiales

Agencia Uno - Cámara de Carabineros
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La nueva norma permitirá utilizar registros captados por Carabineros y la PDI como medio de prueba, y también sancionará a los funcionarios que modifiquen, oculten o eliminen material.

El Presidente de la República, Gabriel Boric, encabezó, este martes, la promulgación de la nueva ley que regula los sistemas de registro y almacenamiento audiovisual en las actuaciones policiales.

El texto aprobado por unanimidad en septiembre de este año pretende entregar más claridad, transparencia y probidad, en el uso de esta tecnología, cuando estén en juego las garantías constitucionales de las personas.

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El objetivo principal de la norma es garantizar y normar la utilización de los registros audiovisuales de las policías en procedimientos penales como medios de prueba, aunque también se regulan distintas situaciones sobre la manipulación de este material.

En su articulado define que, en el procedimiento penal, las policías podrán utilizar sistemas de registro y almacenamiento audiovisual. Esto ya sea en lugares públicos, de libre acceso u otros que permita la ley.

La nueva norma establece que las imágenes y/o sonidos registrados deberán ser entregados al Ministerio Público. Aquellos obtenidos en lugares o situaciones distintas, o si estos no resultaren útiles para la investigación, serán destruidos una vez transcurridos dos años desde la captura de los mismos. Esto, previa orden de destrucción emanada por el Ministerio Público.

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Agrega que se deberá garantizar la integridad del registro y respaldo para su posterior tratamiento en la investigación.

A su vez, la ausencia de grabación no será impedimento para la validez del procedimiento, como tampoco, implicará la exclusión de prueba. En tanto, la falta de integridad de la grabación tampoco significará su exclusión.

Sanciones por mal uso de registros audiovisuales

Se castigará a las y los funcionarios policiales que -sin orden previa- modifiquen, oculten, eliminen o alteren de cualquier forma los sistemas de registro y almacenamiento audiovisual.

Aparte de las penas correspondientes por dichos delitos, serán sancionados con la suspensión del empleo en su grado máximo. Junto a esto, tendrán una multa de 15 a 20 UTM.

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El texto también modifica la Ley Orgánica Constitucional de Carabineros, para señalar que los funcionarios y quien acceda a los registros estarán obligados a guardar secreto. Mientras que, la información obtenida deberá ser reservada.

Según el informe financiero de la norma, se considera para su implementación un gasto cercano a los 7 mil 400 millones de pesos. En primera instancia, contarían con los equipos las unidades de drogas, de investigación criminal, de robos y delitos violentos. Igualmente, para la unidad de control de orden público respecto al derecho de reunión.

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