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Femicidio en Talagante: presunto autor queda en prisión preventiva y arriesga presidio perpetuo

Femicidio en Talagante: presunto autor queda en prisión preventiva y arriesga presidio perpetuo
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De acuerdo a la fiscalía, el imputado, de 69 años, habría actuado con alevosía al asesinar a su esposa la madrugada del miércoles.

En prisión preventiva quedará el presunto autor del femicidio ocurrido la madrugada del miércoles en la comuna de Talagante.

De acuerdo a antecedentes preliminares de la fiscalía de alta complejidad de la zona occidente, el sujeto, de 69 años, habría actuado con alevosía al asesinar a su esposa, de 67 años, cuyo cuerpo fue encontrado por su hijo.

El hijo de la víctima relató que a las 5:29 de la madrugada lo llamó su padre, de 69 años, para confesarle el crimen. Tras esto encontró el cuerpo de su madre, quien falleció tras recibir un golpe contuso en la cabeza.

El sujeto -quien luego de cometer el crimen se dio a la fuga- arriesga una pena de presidio perpetuo.

Se trata del segundo femicidio a lo que va del 2021, y se suma al ocurrido el 9 de enero en Huara, región de Tarapacá, donde un hombre asesinó a su pareja, de 39 años de edad, y a uno de sus dos hijos, de 4 años, producto de un disparo con un rifle. A esto se suman otros 5 intentos de femicidio (no consumados).

De acuerdo a la legislación chilena, el femicidio es el asesinato de una mujer ejecutado por quien es o ha sido su cónyuge o conviviente, o con quien tiene o ha tenido un hijo en común, en razón de tener o haber tenido con ella una relación de pareja de carácter sentimental o sexual sin convivencia.

También se considera femicidio el asesinato de una mujer en razón de su género cuando la muerte se produzca en alguna de las siguientes circunstancias:

  • Ser consecuencia de la negativa a establecer con el autor una relación de carácter sentimental o sexual.
  • Ser consecuencia de que la víctima ejerza o haya ejercido la prostitución, u otra ocupación u oficio de carácter sexual.
  • Haberse cometido el delito tras haber ejercido contra la víctima cualquier forma de violencia sexual, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 372bis.
  • Haberse realizado con motivo de la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de la víctima.
  • Haberse cometido en cualquier tipo de situación en la que se den circunstancias de manifiesta subordinación por las relaciones desiguales de poder entre el agresor y la víctima, o motivada por una evidente intención de discriminació

Si eres víctima de alguna situación de abuso te recordamos que existe el fono 1455, donde personal especializado entrega orientación. También es posible recibir ayuda a través de un chat privado, al que puedes acceder a través del siguiente enlace.

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