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Retiro de fondos de pensiones: ¿En qué casos me pueden rechazar la solicitud del 10%?

Retiro de fondos de pensiones: ¿En qué casos me pueden rechazar la solicitud del 10%?
T13
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Las AFP tendrán un plazo máximo de dos días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de retiro para comunicar si ésta fue aceptada o se rechazó. En T13.cl te explicamos los escenarios.

El presidente Sebastián Piñera promulgó el viernes la ley que permite que los ciudadanos puedan retirar hasta el 10% de sus ahorros previsionales, como una manera de enfrentar la crisis económica derivada de la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19.

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Aunque esta ley aún debe ser publicada en el Diario Oficial para que las personas puedan realizar el cobro, la Superintendencia de Pensiones ya instruyó a las AFP acerca de cómo se deberá realizar el proceso.

En dicho instructivo, se establece que las AFP deberán comunicar –en un plazo máximo de dos días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de retiro– si ésta fue aceptada o se rechazó.

Pero ¿en qué casos pueden rechazar la solicitud del 10%?

- No estar afiliado: el economista y ex tesorero general de la República, Hernán Frigolett, explicó este lunes en el programa Bienvenidos, de Canal 13, que para optar al retiro del 10% de los fondos de pensiones “lo principal es saber en qué AFP estoy”, es decir, estar afiliado a alguna de las administradoras de fondos de pensiones.

Para quienes no saben en qué AFP están, en el sitio mi10afp.cl se puede revisar de forma segura esa información.

[VIDEO] Retiro de fondos de pensiones: ¿En qué caso me pueden rechazar la solicitud del 10%?

- No tener saldo: otro requisito fundamental para solicitar el retiro del 10% es tener un saldo en la cuenta individual que sea positivo, es decir, se debe tener fondos en la cuenta individual.

Al respecto, Frigolett detalló que basta tener un salario mínimo para tener prácticamente 30 mil pesos de saldo en la cuenta.

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- Deuda de pensión alimenticia: existe un tercer escenario, aunque en este no se rechazará el retiro del 10%, sino que a aquellas personas que mantengan deudas por pensión alimenticia se les retendrá automáticamente el monto adeudado y se le traspasará a la parte demandante.

Por ejemplo, si un afiliado solicita un millón de pesos de sus ahorros previsionales y tiene una deuda de 100 mil por pensión alimenticia, el afiliado recibirá 900 mil y su demandante los 100 mil adeudados.

En este escenario, si el afiliado no solicita el retiro de sus fondos, la parte demandante no recibirá el pago de la deuda.