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AFPs publican borrador de nuevo "Código de Ética y Compendio de Buenas Prácticas de la Industria"

AFPs publican borrador de nuevo "Código de Ética y Compendio de Buenas Prácticas de la Industria"
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El manual será discutido durante la primera semana de noviembre por las Administradoras de Fondos de Pensiones.

En la próxima reunión ordinaria del directorio de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), a desarrollarse la primera semana de noviembre, se discutirá el nuevo “Código de Ética y Compendio de Buenas Prácticas de la Industria”.

El código, que ha sido redactado por los gerentes generales y fiscales de las AFP, busca regir, facilitar y promover las sanas relaciones entre las administradoras y los afiliados, consignó La Tercera.

El borrador ha sido un trabajo de ocho meses y contempla dentro de sus novedades, la creación de un “defensor del afiliado”, figura que existe en compañías como las aseguradoras. Incluye, además, un sistema de resolución de conflictos entre asociados, una entidad encargada de promover información a los afiliados y el impulso de buenas prácticas comerciales, de publicidad y competencia.

La Superintendencia de Pensiones (SP), analizó cartas que enviaron las AFP a sus afiliados e indicó que deberían tocar temas como: formas de mejorar su futura pensión o las rentabilidades que estaban obteniendo de sus ahorros, los que no estaban siendo mencionados en las misivas.

De acuerdo al artículo 10° del manual que crearon los gerentes de las administradoras, “las AFP deberán proveer información veraz, suficiente y oportuna al público general y a sus afiliados”. Enfatizaron que “toda información que se entregue al público deberá ser susceptible de comprobación sobre bases técnicas objetivas, de manera de no inducir a error o confusión sobre el real contenido, forma o cualquier otro atributo relevante de la información proporcionada que dificulte su adecuada comprensión”.

Osvaldo Macías, superintendente de Pensiones, señaló en un seminario que se llevó a cabo durante la semana, que el 8% de los cotizantes se ha estado cambiando de AFP y que el factor determinante no ha sido si es barata o no, sino que han sido varias las determinantes. Pese a ello, admitió que “hay muchos que lamentablemente se mueven por la influencia de un agente de ventas, que a veces no están justificados”.

En el documento se especificó que los trabajadores, los vendedores y los captadores en especial, deberían  cumplir con cuatro requisitos: buena reputación y calidad profesional; contar con la debida calificación para su labor; actuar leal y correctamente, o sea que no podían dedicarse a desprestigiar a la competencia ya sea desacreditando, descalificando o llevando a cabo cualquier conducta contraria a la ética y buenas prácticas; y debían actuar de buena fe al momento de captar nuevos clientes.

En el texto, también se indicó que los trabajadores, de todo tipo, deberán ser capacitados por las AFP, enfatizando “la gravedad de conductas y prácticas de ofrecer o prometer pagos, regalos u otros beneficios económicos para obtener traspaso de clientes de otras AFP o para obtener o captar recursos de ahorro”.

Ya que varias administradoras participan en el mercado de las aseguradoras, el manual estableció que iba a estar prohibido ofrecer “otros productos o servicios de consumo u ahorro distintos de los que a la AFP les está permitido”.

En el código se afirmó que “las AFP deberán realizar sus mayores esfuerzos para entregar un servicio diligente (...), especialmente en el trato a los afiliados y a las materias de promoción de productos y publicitarias”.

En el cuarto capítulo se dio el espacio para abordar la temática de la “vulneración de las buenas prácticas”, ya que de ser aprobado el manual, en el caso de que un vendedor se dedicará a captar clientes dañando la reputación de otra AFP, se crearía una instancia para resolver la situación entre las entidades, generando el uso de árbitros para la ocasión, entre otras cosas.

Respecto a las consultas, uno de los artículos señaló que “toda AFP deberá responder consultas y reclamos de sus afiliados en forma oportuna y veraz y velar porque ellos sean debidamente satisfechos de acuerdo a un comportamiento diligente y con sujeción a la normativa aplicable”.

Artículo que viene en el marco la información que entregó el Sernac durante la semana, donde indicó que las AFP contaban con un 51,2% de reclamos no contestados, la segunda tasa más grande del mercado.

La medida instaurada por el código, se crearía junto al “defensor del afiliado”, el que tendrá el trabajo de representar y defender el interés de quien haga la denuncia, hasta que se obtenga una respuesta completa y satisfactoria.

El defensor del afiliado, tendrá un sueldo, el que será presentado en un informe anual en el que se incluirá el detalle de los casos llevados durante el año.

La noticia del manual aparece en el marco del gran descontento social con el funcionamiento de las AFP y el anuncio de la Presidenta de un aumento del 10% de la pensión solidaria.

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