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Venció el primer plazo: Revisa hasta qué fecha puedes hacer tu declaración en la Operación Renta 2023

Agencia Uno - Operación Renta 2023
Sebastián Rojas Yeza
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Durante los primeros días de abril se cerró la primera etapa de declaración de ingresos obtenidos durante 2022, pero aún restan otros dos procesos.

Este 8 de abril cerró el primer proceso de declaración de ingresos en el marco de la Operación Renta 2023.

Si dicha declaración de ingresos obtenidos en 2022 se hacía entre el 1 y el 8 de abril, el depósito de la devolución de impuestos se realizaría desde el 20 de abril, aunque también podría recibirse de forma adelantada.

Sin embargo, las declaraciones al Servicio de Impuestos Internos (SII) también tienen dos plazos adicionales, de los cuales uno finaliza también en abril.

Operación Renta 2023: Hasta cuándo hay plazo para la declaración

  • Si se declara entre el 9 y el 27 de abril, la devolución se registrará el 15 de mayo.
  • Si se declara entre el 28 de abril y el 10 de mayo, la devolución se registrará el 29 de mayo.

Cabe destacar que si la declaración se hizo entre el 1 y el 8 de abril, el depósito se haría el 20 de abril.

El tesorero general de la República, Hernán Nobizelli, señaló que "con este adelanto, estamos haciendo un nuevo esfuerzo operativo para cumplir oportunamente con las expectativas de la ciudadanía que espera su devolución de impuestos, además de ayudar a las y los contribuyentes a enfrentar sus gastos".

Igualmente, Nobizelli indicó que para que la devolución se concrete correctamente, dentro de los plazos, los contribuyentes debían incluir con precisión los datos de la cuenta bancaria a la cual la Tesorería General de la República realizará la transferencia en línea en el formulario de declaración (22).

Servicio de Impuestos Internos (SII)
Servicio de Impuestos Internos (SII)

Deudores de alimento: Se le retendrá la devolución de impuestos a los "papito corazón"

Hernán Nobizelli informó que en la Operación Renta 2023, se aplicará por primera vez el procedimiento de retención para las y los deudores de pensiones de alimentos, de acuerdo con lo establecido en la Ley 21.389, que crea el Registro Nacional de Deudores/as de Pensión de Alimentos.

La autoridad explicó que se trata de un registro digital que administra el Servicio de Registro Civil e Identificación, que, de acuerdo con la citada Ley, debe ser consultado por Tesorería General de la República (TGR) antes de proceder a la devolución.

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"En los casos en que aparezca un o una contribuyente deudor/a de pensión alimenticia en este registro, la TGR procederá a efectuar la retención correspondiente e instruirá el pago de la suma retenida a la madre, padre, tutora o tutor del/la menor de edad, que tenga derecho a pensión alimenticia", agregó Nobizelli.

Respecto de las retenciones y/o compensaciones aplicadas en la Operación Renta del año pasado, el tesorero Nobizelli señaló que alcanzaron a 443.904.

Y destacó que la mayor parte de las retenciones, se hizo a deudores del crédito universitario con y sin garantía estatal (96.738); deudas con instituciones de salud (57.849) y deudas previsionales judicializadas (41.674).

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