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Corte rechaza recurso de protección de Rincón por negativa de mesa DC para inscribir su candidatura

Corte rechaza recurso de protección de Rincón por negativa de mesa DC para inscribir su candidatura
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En un fallo unánime, la segunda sala del tribunal de alzada estableció que el recurso no es la vía idónea para reclamar por la exclusión y, además, que la acción perdió oportunidad para el actual proceso eleccionario.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por el diputado Ricardo Rincón contra la mesa de su partido, la Democracia Cristiana.  Esto luego que la presidenta de la colectividad, Carolina Goic, decidiera remover su nombre de la nómina de candidatos al parlamento, en medio de la polémica por acusaciones de violencia intrafamiliar en su contra. 

En un fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada estableció que el recurso no es la vía idónea para reclamar por la exclusión y, además, que la acción perdió oportunidad para el actual proceso eleccionario.

"Se advierte que el proceso eleccionario al que se postula la candidatura del señor Rincón, es aquel que se realizará el día 19 de noviembre del presente año, es decir, en nueve días contados a partir de la presente resolución, época en que, las declaraciones de candidaturas ya se encuentran firmes, conforme lo dispone el artículo 7° de la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, y naturalmente, el proceso eleccionario se encuentra en clara marcha, con las juntas electorales ya constituidas, las cédulas de votación impresas, locales de votación ya instalados o prontos a instalarse", señala el dictamen.

Es por ello que la Corte de Apelaciones agrega que el recurso de Rincón "ha perdido toda oportunidad, desde que no exista medida idónea que pudiera ser adoptada por esta Corte para revertir la situación del recurrente, atendido el tiempo transcurrido y la realidad e inminencia del proceso eleccionario aludido".

Junto con esto, argumentan que el recurso de protección "no aparece como la vía idónea para impugnar la exclusión de la candidatura del recurrente, dada su naturaleza esencialmente cautelar, desde que no es posible por esta vía intervenir en las decisiones legítimamente adoptadas dentro del seno de un partido político, resoluciones que se encuentran sometidas a la justicia electoral, conforme a la Ley N° 18.603, y que escapan de la competencia de esta Magistratura".

Se trata del segundo revés judicial para Rincón, quien alega inocencia en las imputaciones de su ex pareja. En agosto de este año el Tribunal Calificador de Elecciones declaró "no a lugar" el reclamo interpuesto por el parlamentario contra la mesa DC.

"Lo pedido pretende restar todo valor jurídico a una decisión interna del Partido Demócrata Cristiano, adoptada en el proceso de designación de candidatos a las elecciones parlamentarias, y de las normas recién transcritas fluye que este Tribunal carece de competencia para hacer tales declaraciones", sostuvo el Tricel en esa oportunidad. 

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