Política

Cuánto gana un ministro del TC y cuál podría ser su sueldo con el proyecto que propone aumentarlo

Agencia Uno - Referencial
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La iniciativa -que ha causado sorpresa tanto en el oficialismo como en la oposición- busca que las remuneraciones se homologuen a las de los ministros de la Corte Suprema.

En el marco de la discusión del proyecto de Reajuste al Sector Público, el Gobierno ingresó una indicación para modificar los sueldos de los ministros del Tribunal Constitucional.

Desde el Ejecutivo manifestaron que el proyecto busca que las remuneraciones -equivalentes a las de ministros de Estado- se homologuen al sueldo de los ministros de la Corte Suprema.

"Atendido lo anterior y considerando las particularidades de la jurisdicción entregada al Tribunal, se ha estimado pertinente tender a la homologación de las remuneraciones de las autoridades antes señaladas con aquellas que le corresponden a los Ministros(as) de la Corte Suprema”, dice el proyecto en su página 35.

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En el artículo 74 se plantea que a partir del 1 de enero de 2024, los ministros del TC tendrán una remuneración equivalente a la de los funcionarios del grado II en el artículo 2 del decreto ley 3.058 de 1979.

Cuánto gana un ministro del Tribunal Constitucional y cuál podría ser su sueldo con el proyecto que propone aumentarlos
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¿Cuánto gana un ministro del Tribunal Constitucional?

Según recoge Ex-Ante, los ministros del TC actualmente ganan entre $9.349.856 y $9.418.316.

¿Cuánto aumentaría su sueldo en caso de aprobarse el proyecto?

Sin embargo, en caso de aprobarse el artículo propuesto por el Gobierno, el sueldo de los magistrados aumentaría a $12.875.665, es decir, más de $3 millones y medios de aumento.

Además, se establece que los ministros del TC tendrán derecho al componente base del bono de modernización establecido en el artículo 4 de la ley 19.531.

Si es que la aplicación de esta indicación genera un mayor gasto fiscal, dice el proyecto, durante su primer año presupuestario de vigencia, o sea, en 2024, “se financiará con cargo a los recursos que se contemplen en la partida presupuestaria del Tesoro Público. En los años siguientes, se financiará con cargo a los recursos de las leyes de Presupuestos del Sector Público respectivas”.

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