Presidente Kast promulga ley de emergencia energética en medio de alza de los combustibles: ¿Qué contempla?
El Presidente José Antonio Kast firmó este jueves el decreto que promulga la ley de emergencia energética para mitigar el impacto del alza de precios en la economía familiar y el transporte.
En la promulgación de esta ley de mitigaciones por el alza de los combustibles, en La Moneda, el mandatario llamó a "no afectar más a la patria", en referencia a las manifestaciones que se realizan durante esta jornada en Santiago.
"No afectemos más a la patria de lo que ya está afectada; si alguien quiere manifestar su malestar, que no use el transporte público, sobre todo el Metro, para manifestarse", señaló el mandatario.
"Pueden hacerlo en cualquier lugar público, pero sin dañar a otros compatriotas que requieren ese transporte", añadió.
En cuanto a las medidas adoptadas, reiteró la crisis internacional y dijo que "hablar con la verdad nos da mucha tranquilidad. Una alternativa, como se planteó, era endeudar más a la nación, eso termina pagándose más caro".
Acerca del mensaje sobre la "quiebra" del Estado, expresó que “no podemos ocultar la realidad, no se puede tapar el sol con un dedo. Algunos querían concentrarse en algunos conceptos; yo les pediría que nos concentremos en lo importante. Podemos tener grandes debates sobre un concepto, pero eso no va a solucionar los problemas de los chilenos”.
También agradeció al Congreso por el rápido despacho de la ley de mitigación: “Esperamos que esa altura de miras permanezca en el tiempo. Siempre hemos señalado que exista una oposición que nos pueda hacer ver cosas complejas; ayer quedó demostrado que existe una oposición consciente que entiende que en momentos difíciles tenemos que estar unidos”.
¿Qué contempla la ley de emergencia energética promulgada por el Presidente Kast?
Facultar al Ministerio de Hacienda para incrementar el Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo (FEPP) en hasta 60 millones de dólares, mediante una o más transferencias de recursos disponibles en activos financieros del Tesoro Público.
Dicha facultad podrá ser ejercida hasta el 31 de diciembre de 2026. Esto busca evitar el alza de la parafina en el contexto del aumento del valor del petróleo por el conflicto armado en Medio Oriente. El precio se mantendría a un nivel similar al mes de febrero, previo al conflicto.

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Modificar el impuesto específico a los combustibles. Así se establecen diferentes porcentajes de deducción, de acuerdo al monto de los ingresos anuales que tienen los contribuyentes, según el siguiente desglose:
- Un 80% del impuesto específico para contribuyentes con ingresos anuales iguales o inferiores a 2.400 UF.
- Un 70% para contribuyentes con ingresos anuales superiores a 2.400 y que no excedan las 6 mil UF.
- Un 52,5% a contribuyentes de ingresos anuales entre 6 mil y 20 mil UF.
- Un 31% del impuesto para contribuyentes con ingresos anuales superiores a 20 mil UF.
Crear un subsidio nacional para el transporte público remunerado de pasajeros. Se concede, a partir del 1 de abril de 2026 y durante los seis meses siguientes, un bono mensual de cien mil pesos a los propietarios de taxis y colectivos que, al 24 de marzo de 2026, se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Transportes de Pasajeros.
La medida también contempla a los transportistas escolares. El beneficio solo podrá usarse para la compra de combustibles y permite el traspaso de éste, al conductor del vehículo.
La tarifa del Transantiago (sistema Red) se mantendrá congelada hasta diciembre de este año. En regiones se implementará un sistema de “espejo” de recursos.

