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¡Lo logró! Pico Technology al fin pudo inscribir dos de sus marcas en Chile

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Tal como dice el dicho: el que la sigue la consigue y Pico Technology lo consiguió.

La empresa china Pico Technology desde marzo está intentando inscribir su marca en nuestro país y ahora por fin tiene el visto bueno, aunque no como ellos quisieran realmente.

Cuando hicieron el primer intento, el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) les negó el trámite por culpa del nombre que intentaban patentar, ya que según ellos, el signo pedido "Pico" correspondía a una seña "que atenta contra las buenas costumbres y la moral, por cuanto corresponde a una derivación vulgar del nombre de los genitales masculinos".

En ese momento, los representantes de Pico Technology en nuestro país aseguraron que apelarían al Tribunal de Propiedad Industrial (TDPI) para poder inscribir el nombre de su marca en Chile y efectivamente así fue, aunque no tuvieron resultados positivos de inmediato. 

En la primera apelación, el TPDI ratificó el resultado de la primera instancia emitido por INAPI, es decir, estaban de acuerdo en que "Pico" era una palabra vulgar. Sin embargo, la compañía china especializada en realidad virtual, no se quedó de brazos cruzados y siguió luchando por un puesto en nuestro país, hasta que finalmente lo consiguió. 

Logo Pico Technology
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¿Qué marcas inscribió Pico Technology en Chile?

Pico Technology pudo inscribir dos marcas en Chile, luego de un par de intentos. Los abogados presentaron ante el INAPI dos variantes: "Pico Neo" y "Pico Globin", pero también fueron rechazadas por las mismas razones anteriores.

La compañía no se dio por vencida. Volvió al Tribunal de Propiedad Industrial (TDPI) para presentar una nueva apelación por estos dos nombres y tuvo, al fin, una respuesta positiva, ya que los agregados en el nombre (Neo y Globin) le dieron "un sentido diferente".  

¿Qué dijo el TDPI?

"El signo pedido está estructurado en base a dos términos, 'Pico' y 'Neo', donde el conjunto del mismo no puede estimarse que atenta contra la moral y las buenas costumbres", señaló el tribunal, según redactó el Diario Financiero.

Asimismo, agregaron que "no solo porque la expresión 'Pico' también es usado por los consumidores en Chile refiriéndose a la parte saliente de la cabeza de las aves, de la punta acanalada que tienen en el borde algunas vasijas, de un beso superficial en los labios o la hora en que se produce mayor aglomeración en los transportes, sino que, además, por la incorporación de otros conceptos como 'Neo', que no tiene un significado vulgar".

En conclusión, los agregados a la palabra "Pico" superan "la objeción formulada por el sentenciador de primer grado (el Inapi), resultando un rótulo que no tiene una naturaleza escandalosa, obscena o vulgar, que implique algún menoscabo a los consumidores".

 

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