Bono Invierno 2026: Revisa con tu RUT si recibes más de 80 mil pesos
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Uno de los beneficios que entrega el Estado es el Bono Invierno 2026, dirigido para los adultos mayores de 65 años o más en Chile, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos.
Para este año, la ayuda económica asciende hasta los $81.257 para los mayores de 65 años o más en nuestro país.
Se trata de un beneficio económico que se entrega sólo una vez a los adultos mayores que tengan 65 años o más al 1 de mayo de 2026.
Revisa con tu RUT si te corresponde el Bono Invierno 2026
Desde ChileAtiende cuentan con un apartado para revisar si a alguna persona le corresponde o no la ayuda económica. Para eso, deberás ingresar al siguiente link, pulsando >>AQUÍ<<.

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En el sitio, simplemente deberás ingresar tu RUT o el de la persona que quieras comprobar la información
Tras colocar el RUT, simplemente deberás oprimir en "Consultar" y luego el propio sistema validará la información con los datos entregados.
Requisitos para recibir el Bono Invierno 2026
Según detallan en ChileAtiende, las personas interesadas deberán, además de cumplir con la edad, ser parte de alguno de los siguientes grupos de personas beneficiarias:
Pensiones contributivas:
- Pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS), Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena), Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) o de las mutualidades de empleadores, y perciban un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez ($231.440,35 reajustables en septiembre de cada año).
- Pensionadas de una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), y que reciban una Pensión Mínima con Garantía Estatal.
"Si recibes más de una pensión contributiva, no tendrás derecho al Bono de Invierno si la suma de ellas excede el monto de la pensión mínima", advierten.
Pensión Garantizada Universal (PGU):
- Personas beneficiarias de la PGU que no reciben ninguna otra pensión, siempre tendrán derecho al Bono de Invierno, aun cuando el monto de la PGU sea superior a la mínima de $222.474,62.

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Pensiones especiales de reparación:
- Personas beneficiarias de la Pensión de Reparación a Víctimas de Prisión Política y Tortura (Ley N°19.123 y artículo 1° de la Ley N°19.992).
- Pensión de viudez de pensionados de reparación fallecidos (artículo séptimo transitorio Ley N°20.405).
- Pensión no contributiva de exonerados políticos (Ley N°19.234).
Si solo reciben la pensión de reparación, siempre tendrás derecho al Bono de Invierno, aunque el monto de la pensión exceda el valor de la mínima de $222.474,62.
Pensiones contributivas con APSV, con PGU o con pensión especial de reparación:
- Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyo monto de la pensión sea inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez.
- Pensionadas de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo la PGU, cuyo monto sea igual o inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez.

