Adiós a los multifondos de pensiones: Cuándo entra en vigencia y cómo funcionará el nuevo sistema de fondos generacionales
Agencia Uno - AFP
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La Superintendencia de Pensiones (SP) emitió el martes el nuevo régimen de inversión de los fondos generacionales (FG), que reemplaza al actual sistema de multifondos de pensiones, de acuerdo como estaba previsto en la implementación de la Ley N° 21.735 de Reforma Previsional.
El régimen de inversión de los fondos generacionales, cuya entrada en vigor comenzará el 1 de abril de 2027, se caracteriza por agrupar a las personas afiliadas por grupos de edad, asignándoles carteras de inversión y nivel de riesgo alineados a su ciclo de vida previsional. Esto busca que la inversión de sus ahorros para pensión se vincule directamente con ese objetivo, procurando que su exposición al riesgo se vaya reduciendo a medida que se acercan a la edad de retiro.
El régimen de inversión emitido el martes contempla la creación de 10 fondos generacionales, organizados por grupos de edad, de manera que las personas afiliadas más jóvenes son asignadas a FG en los que las inversiones priorizan el crecimiento del ahorro y las personas de más edad son asignadas a FG con inversiones que priorizan la protección de la pensión, explica la Superintendencia de Pensiones en su portal oficial.
¿Cómo funcionará el nuevo régimen de inversión de los fondos generacionales?
El régimen es el resultado de un trabajo conjunto del Consejo Técnico de Inversiones y la Superintendencia de Pensiones, y tiene la visación previa del Ministerio de Hacienda, a través de la Subsecretaría de Hacienda. Además, contó con la asesoría de Mercer Consulting.

La estructura de fondos generacionales es consistente con la teoría de inversión basada en el ciclo de vida que plantea que las personas más jóvenes pueden asumir inversiones más riesgosas, expone la SP, dado que tienen un horizonte mayor de tiempo para recuperar las pérdidas que puede generar una eventual crisis financiera y su fondo representa una porción pequeña de su ahorro al momento del retiro. Las personas cercanas a la edad de retiro laboral, por el contrario, cuentan con menos tiempo para recuperarse de las pérdidas pues su fondo representa una porción importante del ahorro al momento del retiro, de manera que una crisis puede afectar su pensión.
Con ese enfoque, se establece un fondo inicial que agrupa a personas afiliadas de hasta 35 años; ocho fondos intermedios, con cohortes estructuradas en tramos de cinco años; y un fondo de consolidación, que agrupa a las personas mayores de 75 años, como se observa en la siguiente tabla:
| Etapa de la trayectoria de inversión de cada fondo generacional | Edad de las personas afiliadas a la fecha de estructuración |
| Etapa 1 | Hasta 35 años |
| Etapa 2 | Más de 35 y hasta 40 años |
| Etapa 3 | Más de 40 y hasta 45 años |
| Etapa 4 | Más de 45 y hasta 50 años |
| Etapa 5 | Más de 50 y hasta 55 años |
| Etapa 6 | Más de 55 y hasta 60 años |
| Etapa 7 | Más de 60 y hasta 65 años |
| Etapa 8 | Más de 65 y hasta 70 años |
| Etapa 9 | Más de 70 y hasta 75 años |
| Etapa 10 | Más de 75 años |
En el nuevo esquema las personas afiliadas y su ahorro previsional obligatorio permanecen en el fondo generacional asignado según su año de nacimiento hasta que se pensionan. Durante ese tiempo, es el fondo generacional el que adapta dinámicamente su estrategia de inversión, es decir, los activos financieros en que invierten y los niveles de riesgo que implica, en línea con el ciclo de vida de la persona afiliada.

Para mantener su estructura en el tiempo, cada cinco años se conformará un nuevo primer fondo intermedio (etapa 2) integrado por personas afiliadas de 36 a 40 años y sus respectivos activos previsionales (que venían del fondo inicial), en tanto el último fondo intermedio (etapa 9) se fusionará con el fondo de consolidación, traspasándose a este último sus afiliados y activos previsionales. Con este mecanismo, el número total de 10 fondos generacionales permanecerá constante.
Las personas podrán cambiarse de AFP cuando lo estimen pertinente. Respecto de los ahorros voluntarios, estos se podrán depositar en el fondo generacional que la persona estime pertinente.
Desempeño de los fondos generacionales
Adicionalmente, la Superintendencia de Pensiones abordó en su publicación el desempeño de los fondos generacionales, destacando que la Ley N° 21.735 tiene entre sus objetivos alinear los intereses de las AFP con los de sus afiliados, para lo cual estableció un mecanismo de incentivos (retribución o premio) y compensaciones (aportes o castigo) por rentabilidad, que se regula en el régimen de inversión.

El desempeño de cada fondo generacional se evaluará mensualmente sobre un período móvil de 36 meses, comparando su rentabilidad con la obtenida por su cartera de referencia. Para esto, se establece una banda de desviación en torno a la rentabilidad de la cartera de referencia: si el fondo generacional tiene un desempeño dentro de la banda no se generan retribuciones ni aportes por parte de la AFP; si obtiene un desempeño superior al límite máximo de la banda, accederá a una retribución; y si está bajo el límite inferior, deberá efectuar un aporte con recursos propios al respectivo fondo generacional.

Asimismo, la Ley N° 21.735 contempla expresamente que para la transición desde los multifondos a los fondos generacionales se deben realizar transferencias de activos y contratos, sin recurrir a los mercados formales, lo cual tiene como objetivo proteger el valor de los activos de los fondos previsionales.
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