Valparaíso

Aplicará las 24 horas y con énfasis en la madrugada: Zapallar extendió ordenanza que limita tránsito a menores

Agencia Uno - Zapallar (Referencial)
Marcial Cabezas González
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Según la normativa, toda infracción será castigada con multa de 1 a 3 UTM según la gravedad y de 3 a 5 UTM en caso de reincidencia.

La municipalidad de Zapallar informó la extensión de la ordenanza que restringe el tránsito de menores de edad aplicada durante el verano.

Según consigna Emol, la normativa ahora aplicará de manera permanente durante las 24 horas del día y con énfasis en las madrugadas, entre las 00.00 y 05.00 hrs.

En la normativa, el municipio "pondera como una obligación fundamental, el deber de los padres o quien tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años, de brindar cuidado, protección y compañía, siendo principalmente responsabilidad del padre, madre, tutor o cuidador, evitar la exposición a conductas de riesgo por parte del menor de 18 años en el espacio público comunal".

Asimismo, manifiestan que "reconoce el deber de adoptar todas las medidas administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación".

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En ese sentido, el edificio consistorial de Zapallar señala que para, el cumplimiento de lo anterior, es obligatorio para quien tenga a su cargo el cuidado de menores de 18 años "adoptar los resguardos de seguridad y comunicación que les permitan garantizar la protección de los menores a su cargo y la posibilidad de mantener contacto permanente vía telefónica u otro medio idóneo, mientras ellos circulen o transiten por el territorio de la comuna, evitando su exposición a conductas de riesgo que puedan afectar su integridad física y emocional".

El municipio señala que en caso de verificarse una situación que ponga en riesgo la vida, salud o seguridad de niños, niñas y adolescentes, "previo requerimiento y en ejercicio de sus atribuciones legales, la autoridad competente podrá disponer que el adulto responsable deba presentarse en el lugar donde ésta lo disponga".

La normativa apunta que los adultos responsables de personas de 18 años, "deberán adoptar las medidas necesarias para la protección de sus derechos con ocasión de la circulación en bienes nacionales de uso público".

En tanto, para los menores de 14 años, señala que "los adultos responsables deberán especialmente adoptar los resguardos necesarios para garantizar un tránsito libre y seguro por los bienes nacionales de uso público".

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"Estas medidas de cuidado y protección deberán robustecerse cuando estos circulen por la vía pública entre las 00:00 y 05:00 horas", añaden.

Respecto a las sanciones, señalan que toda infracción será castigada con multa de 1 a 3 UTM según la gravedad y de 3 a 5 UTM en caso de reincidencia.

Cabe recordar que esta iniciativa comenzó a regir el pasado 29 de diciembre y tuvo varios reparos que fueron ajustados tras una revisión por parte de las autoridades locales y la Defensoría de la Niñez.

El 17 de enero, Contraloría había señalado que no podía aplicar la ordenanza porque "excede el ámbito de sus atribuciones", a lo que el alcalde Gustavo Alessandri respondió valorando que "la Contraloría, junto con las observaciones que nos hace, reconozca que las autoridades podamos brindar mayor protección a quien se encuentre en una posible vulneración de derechos".

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