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Concejo Municipal de Zapallar aprueba ordenanza que establece "toque de queda" para menores de edad

Concejo Municipal de Zapallar aprueba ordenanza que establece "toque de queda" para menores de edad
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La iniciativa establece que los menores de edad, principalmente los de menos de 16 años, deban circular de forma obligatoria con una persona a su cargo entre las 00:00 y las 05:00 horas.

El Concejo Municipal de Zapallar aprobó la ordenanza impulsada por el alcalde Gustavo Alessandri que establece un "toque de queda" para menores de edad en la comuna.

Se trata de una ordenanza "sobre cuidado de menores de edad en bienes nacionales de uso público en la comuna de Zapallar", la cual fue aprobada por 5 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención.

La normativa, según la propuesta, tiene como objetivo el "resguardar la seguridad de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, menores de 18 años, que habitan o transitan por la comuna en horario nocturno, ante situaciones delictuales o incivilidades a las cuales puedan verse potencialmente expuestos".

Lo anterior haciendo alusión al "creciente número de delitos en el país y el aumento de la explotación de niños, niñas y adolescentes en banda delictuales especializadas en el narcotráfico y otros delitos graves".

Ahora bien, en específico, la ordenanza establece que "las personas a cuyo cargo se encuentren menores de 16 años deberán procurar que, en caso de que ellos circulen o transiten por el territorio de la comuna entre las 00:00 horas y las 05:00, lo hagan de manera segura, acompañados de una persona mayor de edad que evite su exposición a conductas de riesgo, como es el consumo de alcohol o drogas y otras circunstancias de riesgo".

Y que "las personas a cuyo cargo se encuentren menores de 18 años pero mayores de 16 años deberán procurar que, en caso de que ellos circulen o transiten por en el territorio de la comuna entre las 00:00 y las 05:00 horas, se encuentren siempre en condiciones de tomar contacto vía telefónica de manera rápida y efectiva, con ellas".

Además, se prohíbe el consumo de alcohol, drogas o sustancias estupefacientes en la vía pública, como la circulación o tránsito por la comuna bajo dichos efectos; y se establece que la fiscalización de las disposiciones contenidas en la ordenanza se hará por personal de Carabineros, de Inspección Municipal o funcionarios municipales de seguridad ciudadana.

Junto con ello, se dispuso de sanciones monetarias. En caso de que las personas incumplan con la ordenanza, se dictará una multa de 1 a 3 UTM; y de 3 a 5 UTM cuando el infractor sea reincidente. Además, dichas sanciones podrán ser sustituidas por trabajos comunitarios; y todo sin perjuicio de que se puedan remitir los antecedentes al Juzgado de Familia respecto.

La iniciativa ya había causado polémica durante la semana previa a su votación, dado que cuando el jefe comunal Gustavo Alessandri hizo una presentación breve de la norma, la defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, reconoció que el organismo ofició al alcalde para conocer los detalles de la ordenanza y no descartó adoptar acciones legales por lo mismo.

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