Qué observar. El 12 de julio, la consejera por Punta Arenas, Jessica Bengoa (Convergencia Social) preguntó al profesor de la Universidad Autónoma, Jorge Guzmán —quien exponía en la Comisión de Sistema Político— su posición sobre incluir un capítulo especial sobre la Antártica en el texto constitucional.

  • “Desde Chubut y Palena, hasta la Isla Navarino, en el lado argentino viven casi un millón 400 mil argentinos, y en el lado chileno no alcanzamos a los 180 mil”, respondió Guzmán, graficando lo que describió como una debilidad de la política chilena austral, que se agrava al abordar la Antártica, donde Argentina y otros países tienen demandas, además de Chile.
  • Estas quedaron congeladas por el Tratado Antártico de 1959, que entró en vigor en 1961, el que garantizó el uso de la Antártica para fines pacíficos y la promoción de la actividad científica.
  • Bengoa propuso dar a la Antártica la calidad de territorio especial, lo que implica otorgarle un estatuto diferenciado de administración, sumándose así a lo planteado la jornada previa por el académico de la Universidad de Chile, Luis Valentín Ferrada.
  • Las enmiendas presentadas el lunes por la noche por los consejeros constitucionales recogieron esta inquietud, que se arrastra desde la desaparecida Convención. Así, las propuestas del oficialismo, la UDI y Republicanos plantearon dar a la Antártica la calidad de territorio especial, que en el texto de la Comisión Experta ya tenían el archipiélago de Juan Fernández y Rapa Nui.
  • Este amplio apoyo otorga con creces los 2/3 de votos en el Consejo de 51 integrantes para llevar este punto a la propuesta constitucional.
  • La decisión, en caso de ser aprobada en el plebiscito de salida, repercutirá en Argentina, que está teniendo una actitud que un artículo de Clarín de este miércoles describió como más “soberanista”. Un mapa de la Armada de ese país conocido estos días da cuenta además de la reclamación del país sobre el territorio.
  • Una posibilidad, plantean conocedores de la materia, es que el país vecino estudie incluirlo también en su Constitución como respuesta.

Qué dicen las enmiendas sobre la Antártica. Las enmiendas ingresadas por el oficialismo, la UDI y Republicanos sumaron la Antártica a los territorios especiales ya establecidos de Rapa Nui y Juan Fernández. Solo la enmienda de RN-Evópoli incorporó este territorio al texto, pero sin esta categoría. A continuación, los detalles de las propuestas.

  • Republicanos (22 votos). “Son territorios especiales los correspondientes al territorio Antártico Chileno, Rapa Nui y el archipiélago Juan Fernández. El Gobierno y administración de estos territorios se regirá por los estatutos especiales que establezcan las leyes institucionales respectivas”, dijo la enmienda.
  • Oficialismo (18 votos). “Sustituir parcialmente en el inciso 1 del artículo 139 la expresión ‘Rapa Nui y el Archipiélago Juan Fernández’ por ‘Rapa Nui, el Archipiélago Juan Fernández, y el Territorio Chileno Antártico’”, consignó la enmienda.
  • También propusieron que la ley pueda “crear otros territorios especiales, en virtud de las particularidades geográficas, climáticas, medioambientales, económicas, sociales y culturales de una determinada zona”.
  • UDI (6 votos). “Reemplazar en el inciso primero del artículo 139 la frase ‘Rapa Nui y el Archipiélago de Juan Fernández’ por la siguiente frase: ‘Rapa Nui, el Archipiélago de Juan Fernández y el Territorio Chileno Antártico’”.
  • También propusieron agregar un nuevo artículo, que diga: “En el Territorio Chileno Antártico el gobierno y administración, así como el ejercicio de los derechos y libertades fundamentales y de las garantías constitucionales, se someterán a las normas del derecho interno, interpretándose de forma compatible con los tratados internacionales ratificados por Chile y vigentes”.
  • RN-Evópoli (5 votos). Propusieron establecer un nuevo artículo que diga que “en el Territorio Chileno Antártico, el gobierno y administración, así como el ejercicio de los derechos y libertades fundamentales y de las garantías constitucionales, se someterán a las normas del derecho interno, interpretándose de forma compatible con los tratados internacionales, ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.”

La eventual repercusión en Argentina. “La incorporación del Territorio Chileno Antártico como territorio especial en la nueva Constitución no debiera repercutir en forma inmediata en Argentina, pero, sin embargo, sí tiene una importancia trascendental en el largo plazo”, dijo el director del departamento de Derecho Internacional de la facultad de Derecho de la Universidad de Chile e investigador principal del instituto Milenio BASE, Luis Valentín Ferrada.

  • “El Tratado Antártico ha suspendido las controversias sobre soberanía territorial, entre ellas la provocada por la pretensión argentina y británica sobre el Territorio Chileno Antártico. Pero tales controversias siguen allí, y Chile tiene la obligación de reforzar en forma permanente sus derechos soberanos, a través de actos materiales y jurídicos. El considerar el tema antártico en la norma máxima de nuestro orden jurídico es una forma muy importante de hacerlo”.
  • Esto es algo que sin duda en Argentina tendrán presente, y no sería extraño que reaccionaran (…). Chile y Argentina operar con una suerte de efecto espejo en materias antárticas. En este sentido, es doblemente valorable que sea Chile quien lleve la iniciativa”.
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