Este viernes, la Comisión de Participación Popular y Equidad Territorial incorporó, en su propuesta de reglamento, un plebiscito dirimente que permita destrabar materias en las que los acuerdos no alcancen el quórum establecido en la Convención Constitucional.

Con 22 votos a favor y siete en contra, se resolvió la aprobación de dicha iniciativa, que establece la realización de un plebiscito, con derecho a voto desde los 16 años, que resuelva el destino de las normas constitucionales que no alcancen los 2/3 de votos en el pleno de la Convención, pero sí un mínimo de tres quintos de sus integrantes. 

Tras la aprobación, el Artículo 64 quedó de la siguiente manera: “La Convención Constitucional podrá resolver la realización de un plebiscito dirimente respecto de determinadas normas constitucionales, convocando a la ciudadanía a decidir mediante el sufragio universal popular la inclusión o exclusión en el nuevo texto constitucional de las normas constitucionales objeto de la convocatoria, de acuerdo a las reglas establecidas en el presente reglamento”.

Si bien la propuesta de Plebiscito Dirimente no contaba inicialmente con respaldo en todos los sectores de la centro-izquierda, fue por medio de indicaciones que se arribó a un acuerdo que permitió su amplia aprobación.

Ahora, se buscará conciliar la propuesta del plebiscito dirimente con un artículo aprobado en la misma comisión, que dice que si una norma no tiene los dos tercios en su segunda votación, se entenderá definitivamente rechazada.

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