En medio de la votación del reglamento interno de la Convención Constitucional, el pleno de la instancia aprobó un mecanismo por el que un constituyente podrá renunciar a su cargo en caso de enfermedades inhabilitantes.

El órgano determinó que será el propio pleno el que acredite la gravedad de la enfermedad. Esto modifica el actual reglamento provisorio que había sido homologado desde el Congreso, en el que se estipulaba que la enfermedad debería ser calificada como tal por el Tribunal Constitucional.

A su vez, se aprobó un mecanismo de reemplazo en caso de renuncia de constituyentes independientes. La indicación establece que "serán reemplazados por la persona del mismo género que haya obtenido la siguiente más alta mayoría de la misma lista”.

Un grupo de senadores había presentado un proyecto de reforma constitucional que buscaba llenar ese vacío legal, facultando al Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) para que pudiese acreditar la enfermedad como causal de renuncia.

Dicho proyecto fue presentado luego que algunos expertos advirtieran que esta materia solo se podría regular a través del Congreso y no por el reglamento propio de la Convención.

La discusión sobre la cesación de cargo se produce luego que el representante Rodrigo Rojas Vade admitiera que no está diagnosticado con cáncer y que manifestara que no seguiría participando del órgano constituyente.

No obstante lo indicado por él, no existía mecanismo que pudiese formalizar su renuncia a la Convención Constitucional.

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