Por qué importa. La resolución de la Corte de Apelaciones de La Serena que este jueves dio lugar a la orden de no innovar solicitada por la familia de uno de los mineros muertos en la tragedia de El Teniente —y que ordenó a la comediante Natalia Valdebenito abstenerse de realizar rutinas humorísticas públicas sobre el caso— desató críticas por parte de quienes argumentan que infringe la libertad de expresión.

  • La polémica se remonta a mediados de mes, cuando se viralizó un video en que Valdebenito dijo, a propósito de distintas controversias que estaba viviendo, que se alegraba de la tragedia de El Teniente, dando a entender que esto desviaría el interés público desde ella hacia otra noticia.
  • “Puedo decir que fui la única persona contenta de que pasara lo de los mineros”, dijo a su audiencia.
  • Sus dichos derivaron en que la pareja e hijos del minero Paulo Marín, uno de los muertos tras el derrumbe del 31 de julio, ingresaran este lunes 25 un recurso de protección, acompañado de una solicitud de orden de no innovar, en la Corte de Apelaciones de La Serena.
  • En el escrito pedían que Valdebenito “no realice chistes, bromas, mofas o rutinas de humor, en espectáculos públicos que utilicen como base la tragedia ocurrida el día jueves 31 de julio de 2025, en la mina El teniente” y que “se eliminen de las redes sociales cualquier rutina de humor, páginas o redes sociales en las cuales se haya compartido el video que haga referencia o muestre la rutina de humor de la recurrida”.
  • Argumentaron que “la humorista recurrida, dentro de sus rutinas de humor en show públicos y con fines de lucro, ha decidido incluir en sus chistes burlas o mofas a la tragedia ocurrida el día 31 de julio del presente año, perturbando y vulnerando el derecho a la integridad física y psíquica de los familiares de los mineros, los cuales son revictimizados” y que “se vulnera la honra de las personas fallecidas y sus familiares, todos derechos que se encuentran reconocidos” en la Constitución.

La resolución de la Corte. Este jueves, la segunda sala de la Corte de Apelaciones de La Serena acogió unánimemente la orden de no innovar, sin detallar sus fundamentos.

  • “Atendido el mérito de los antecedentes, se hace lugar a la orden de no innovar solicitada, sólo en cuanto se dispone que la recurrida deberá, mientras se tramita la presente acción, abstenerse de realizar mofas o rutinas de humor, en espectáculos públicos, que utilicen como base la tragedia ocurrida el día jueves 31 de julio de 2025 en la mina El Teniente, del mismo tenor a las que son materia del recurso, por cualquier vía”, dijo la resolución firmada por los ministros Gloria Negroni, Jimena Pérez y el abogado integrante Gabriel Gallardo.
  • El miércoles 27 habían pedido a la comediante un informe sobre las acusaciones formuladas en su contra, para lo que le dieron un plazo de ocho días.

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Las críticas a la resolución. El diputado y candidato presidencial del Partido Nacional Libertario Jonannes Kaiser, quien políticamente está en las antípodas de Valdebenito, criticó este viernes la resolución de la Corte.

  • “La justicia se está pasando 10 pueblos”, publicó en X. “Valdebenito tendrá que enfrentar la sanción social por sus dichos, pero la censura de la opinión, del humor, de la investigación o de la prensa, no puede ser tolerada, especialmente si proviene del estado”.
  • “La libertad de opinión sirve para proteger opiniones impopulares y desagradables, no para que se pueda decir lo que ya es socialmente aceptado”.
  • Por otra parte, entre los académicos no hay unanimidad sobre la resolución. Quienes estiman que el texto la Corte es adecuado, señalan que no se trata de censura previa, ya que fue adoptada después de los dichos de la comediante, como señaló el profesor de Derecho Administrativo de la PUCV, Eduardo Cordero.
  • “Una medida razonable, fundada y prudente para dar resguardo en una de las facetas más básicas esenciales de todo ser humano, como es el respeto por el dolor”, dijo Cordero a El Mercurio.
  • Entre los académicos que discrepan de esa opinión está el abogado y profesor de la Facultad de Comunicaciones de la Universidad de Los Andes. “Que un tribunal impida a una artista referirse a un tema específico lesiona su libertad de expresión y vulnera expresamente la prohibición de censura”, señaló al mismo medio.
  • La controversia desató un amplio debate en redes sociales, donde uno de los argumentos que más se repitieron es de personas que les desagrada el tipo de humor de Valdevenito, pero estiman que eso no justifica coartar la libertad de expresión.

Qué dice la Constitución. El caso de Valdebenito podría inscribirse en dos normas contenidas en el capítulo tercero de la carta fundamental, sobre derechos y deberes constitucionales, tema que deberá analizar el tribunal.

  • El duodécimo punto del artículo 19 garantiza “la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades, en conformidad a la ley, la que deberá ser de quórum calificado”.
  • El punto vigésimo quinto del mismo artículo garantiza “la libertad de crear y difundir las artes, así como el derecho del autor sobre sus creaciones intelectuales y artísticas de cualquier especie, por el tiempo que señale la ley y que no será inferior al de la vida del titular”.

Disculpas públicas. La resolución de la Corte llegó tras varios días de controversia, en que Valdebenito se disculpó el jueves 14, a través de un video subido a sus redes sociales.

  • “Estoy aquí para pedir disculpas. Para pedir sinceras y honestas disculpas a la familia minera de Chile y en especial a la familia de los fallecidos en el reciente accidente en la mina El Teniente”, dijo, consignó radio Biobío. “Esto a raíz de un video que anda circulando y que, por supuesto, sacado de contexto, se escucha fatal”.
  • Previamente había declinado pedir perdón.

Lea la resolución de la Corte:

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