Qué observar: El procedimiento realizado este martes para detener a 2 infantes de marina por su presunta responsabilidad en el homicidio del comunero Yordan Llempi Machacan, 23, durante un operativo realizado por la Armada el 3 de noviembre de 2021 en la ruta P 72-S del Biobío, marcó la primera orden de aprehensión en el episodio más sensible durante los más de 5 meses de estado de excepción constitucional de emergencia que rigieron durante la administración del Presidente Sebastián Piñera.

  • El entonces ministro del Interior, Rodrigo Delgado, describió que una unidad de infantes de marina fue emboscada cerca de las 2pm de ese día cuando acudió a apoyar a Carabineros, quienes habían sido atacados con armas de fuego cuando despejaban una ruta que había sido bloqueada por encapuchados que destruyeron un paradero para usarlo de barricada.

 

  • “En ese momento la Armada habría utilizado munición de salva, no letal, para disuadir a estas personas que estaban atacando con armas de fuego de grueso calibre a la caravana de Carabineros como de la Armada, y una vez que dejan de utilizar las armas de salva, habrían utilizado ya las armas de servicio”, dijo pasadas las 9 pm en La Moneda.

 

  • La vocería, ocurrida más de 6 horas después del hecho —al que luego siguió otro episodio donde también se respondió usando armas de fuego— fue leída entonces por la Armada como una muestra del precario apoyo que el gobierno estaba dispuesto a darles en caso de enfrentar alguna dificultad.

 

  • La respuesta de la institución fue asumir ellos mismos la defensa de sus hombres y mostrar que se actuó, sostuvieron, en legímita defensa. Esa noche se emitió un video. Al día siguiente, el contraalmirante Jorge Parga, entonces jefe de la Defensa de las provincias de Arauco y el Biobío, presentó una denuncia por homicidio frustrado, maltrato de obra y porte ilegal de armas de fuego.

 

  • Paralelamente, la fiscalía del Biobío separó en 2 las causas por los acontecimientos del 3 de noviembre: en una se indagaría el ataque a Carabineros y la Armada, y en la otra la muerte del comunero. Esta última fue asignada al fiscal para causas de derechos humanos, Nelson Vigueras.

 

  • Entre las medidas de control de daños realizadas por Parga en las horas siguientes al operativo estuvo reunirse con el fiscal Vigeras y con el director del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Sergio Micco. “Tenemos versiones directas de familiares o de las víctimas, de los afectados, que señalan (…) que no hubo enfrentamiento, jamás participaron en ningún enfrentamiento y que fueron heridos en forma completamente arbitraria”, dijo Micco el 8 de noviembre.

 

  • La denuncia de Parga a la fiscalía fue presentada este año por el Gobierno del Presidente Gabriel Boric como uno de los argumentos para removerlo de su nuevo nombramiento como jefe de la Defensa, 2 días después de haberle asignado esta misión, en el marco del estado de emergencia acotado decretado el 17 de mayo.
  • La orden de detención solicitada por Vigueras fue leída con preocupación en fuentes de la Armada, cuya relación con el nuevo gobierno ya se había resentido tras la remoción de Parga. Esta preocupación radica en cómo podrán continuar ejerciendo la protección de rutas si al responder al fuego se exponen a ser imputados por homicidio. La institución también habría resuelto entregar apoyo legal a los infantes imputados.

Los argumentos para detener a los infantes de marina: La fiscalía del Biobío sostuvo, en una declaración, que la solicitud de detención de un cabo primero y un teniente segundo como autores del homicidio de Yordan Llempi se funda “en los resultados de las diligencias efectuadas por la Brigada de Homicidios y los peritajes del Laboratorio de Criminalística de la PDI”.

  • “La víctima falleció después de recibir un impacto de proyectil de arma de fuego cuando estaba en su domicilio en el sector San Miguel, a un costado de la ruta P 72-S, Cañete. Su muerte fue constatada aquel día en el Centro de Salud Familiar de Tirúa”.

 

  • “Ambos militares, pertenecientes a la Infantería de Marina, en el momento de los acontecimientos realizaban funciones en la provincia de Arauco por el Estado de Excepción Constitucional de Emergencia”.

 

  • Efectivos de la Policía de Investigaciones (PDI) llegaron este martes por la mañana a la base naval de Talcahuano para concretar la detención del teniente Luis Videla y el cabo Ricardo Seguel.

La querella contra el fiscal: El 22 de abril, el capitán de fragata Jorge Alcoholado ingresó una querella en el Juzgado de Garantía de Concepción en contra del fiscal Vigeras, luego de que el sargento primero Milton Cabellos declarara como testigo en la causa en la fiscalía local de Concepción, dice el escrito. En la querella, que habría sido presentada con conocimiento de la Armada, acusó al fiscal de amenazas y vejámenes verbales.

  • “El día de ayer 20 de abril de 2022, el citado sargento concurrió a las dependencias de la Fiscalía Local de Concepción a fin de prestar declaración en calidad de testigo por los hechos acaecidos en Huentelolén, día 03 de noviembre de 2021, ocasión en la que participó en la detención de las personas que se encontraban en las casas desde donde se estaban efectuando disparos en contra del personal de Infantería de Marina, sin haber disparado su arma de servicio en ese procedimiento”.

 

  • “En dicho interrogatorio, el Sr. Fiscal Nelson Vigueras se refirió a que estaban ‘todos identificados’, que habían evidenciado que se le estaba ocultando información y que se estaba evaluando la posibilidad de presentar una querella por obstrucción a la investigación”.

 

  • “El personal de la Policía de Investigaciones insistió, de manera muy frecuente, en presencia del Fiscal, que hablara y no ocultara información, señalándole al sargento que se iba a quedar solo, porque ‘solo los Tenientes tenían abogados y mencionaban que estos tenían 4 abogados, y yo estaba solo’, que ‘no matara mí carrera por algo así’, siendo muy insistente el personal de la P.D.I., haciéndolo sentir en todo momento apremiado y atacado”.

 

  • “En el interrogatorio le exhibieron, siempre de manera parcial, un video donde le solicitaron que identificara a una persona que hablaba, que gracias a que dicho video fue trabajado por la P.D.I., se pudo identificar que era el Cabo 2º Seguel, video que tuvo que observar en dos ocasiones, ya que en primera instancia no lo pudo identificar por la calidad del audio, y que al observar el video en segunda instancia, pudo identificar que la persona que estaba hablando era el Cabo 2º Seguel”.
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