• Fallo de la Corte Suprema. En un fallo dado a conocer a fines de 2022, la Corte Suprema acogió recursos de protección que implican que las isapres, en su conjunto, deban pagar un total de 1.400 millones de dólares por excedentes a sus afiliados, según cálculos de la Superintendencia de Salud.
     
  • Ley corta y reforma constitucional. Por un lado, el gobierno propuso una ley corta para cumplir el fallo que establece que las isapres deben ajustar de inmediato la tabla de factores con el fin de devolver los excedentes. Por su parte, la Comisión de Constitución del Senado aprobó una reforma constitucional que busca cumplir el fallo a través de recalcular el precio base de los planes de salud. En mayo, la Corte Suprema le otorgó una prórroga de seis meses a las isapres para cumplir con el fallo.
     
  • 2,9 veces el patrimonio. La deuda calculada que deberían restituir las Isapres como consecuencia del fallo de la Corte Suprema, alcanza -para las nueve consideradas por la autoridad- en promedio a 2,9 veces el patrimonio con que cerraron las aseguradoras de salud el ejercicio del año 2022.
     
  • Aclaración sobre la aplicación del fallo. En entrevista con La Tercera y ante la consulta de si la aplicación del fallo incluye a todos los afiliados -entre ellos, quienes nunca han recurrido a tribunales- la jueza y vocera del máximo tribunal, Ángela Vivanco señala que “nosotros cuando dimos la prórroga de plazo fuimos claros en decir que nunca se nos habían presentado esos estudios, cuál era el universo sobre el cual se calcularon y cómo se calculó, eso jamás se nos presentó. Ni tampoco se nos ha hecho ninguna consulta por ningún incumbente a estos procesos, es decir, ni por la Superintendencia, ni por las isapres. Nunca se nos ha dicho ‘mire, esta es nuestra forma de cálculo sobre lo que usted dijo’. Es decir, no conocemos cuáles son los cálculos que la Superintendencia ha hecho y sobre qué universo.
     
  • Excedentes a quienes demandaron. En este sentido, Vivanco agrega que “al no haber nunca usted demandado, no tiene nada hacia atrás que cobrar. Los excedentes que las isapres tienen que devolver son a las personas que demandaron. Lo que sí, el resto de los afiliados, a partir de este fallo, pueden exigir que se les ajusten sus planes hacia adelante”.
     
  • Cálculo de costos. La jueza señala también que “es un poco absurdo cuando se dice es que ‘ustedes no se han dado cuenta de los costos que esto significa’. Por supuesto que no nos hemos dado cuenta, pero son los incumbentes los que tendrían que hacernos presentes los costos que esto significa y hasta qué punto esos costos se avienen o no con nuestro fallo. Nosotros no podemos ir de oficio a investigar cómo se están haciendo los cálculos, no nos corresponde”.
     
  • Consultas sobre extensión del fallo. Ante la pregunta sobre si aún existen posibilidades de que se soliciten consultas sobre la extensión del fallo, la jueza dice que “mientras no entre el fallo en etapa de cumplimiento, todavía mantenemos esa facultad como Corte Suprema, porque está viva esa instancia. Cuando vas a etapa de cumplimiento, se vence en la fecha, ahí ya nosotros no vamos a tener ninguna competencia, salvo que algo viniera por la vía recursiva y tendrá que dirigirse a las cortes de apelaciones respectivas”.
     
  • Amedrentamiento y hostigamiento. En cuanto a las críticas que ha provocado el fallo, Vivanco señala que “creo que hay un tema que va más allá de la crítica y que es peligroso. Tiene que ver con las personas, cualquiera sean, que consideran que parte de la crítica es desacreditar, ofender, insultar a los jueces, a título personal, con nombre y apellido. O que creen que ellos son los llamados a determinar si los fallos se deben cumplir o no. Y esa parte a mí me resulta especialmente preocupante. En un Estado de Derecho las personas que ejercen potestades públicas están sujetas al escrutinio público y a la crítica, pero no deben estar sujetas al amedrentamiento, al insulto (…) Cuando hay comentarios de esa naturaleza no es que uno se sienta amenazado, pero claro que el objetivo es hostigar, acosar, molestar”.
     
  • Irracionalidades. “No tenemos ninguna animadversión ni tampoco tenemos una simpatía especial por ninguna industria que signifique que vamos a fallar a su favor o en contra y todo lo que hemos hecho es analizar los antecedentes jurídicos que se nos exponen, hacernos cargo de una situación de judicialización extrema. La exacerbación del tema ha llevado a algunas irracionalidades”, aclara Vivanco.
     
  • Existencia de salud privada. La jueza agrega que “si las isapres o cualquier industria, da lo mismo, consideran que una forma de cumplimiento les puede generar un problema grave, tienen todo el derecho a expresarlo así y la autoridad sectorial tendrá que así considerarlo, porque este fallo jamás ha pretendido que deje de existir la salud privada. Si la salud privada dejara de existir, no va a ser por intermedio ni por disposición de los tribunales, sino por otras modificaciones que se hagan legales o constitucionales. En definitiva, no somos los verdugos ni de ellos ni de nadie”.
     
  • Los usuarios frente al fallo. En una reciente encuesta de Cadem, un 77% de los usuarios del sistema prefiere que su isapre busque mecanismos para devolver los dineros en el largo plazo, evitando su quiebra, con el fin de mantener su cobertura actual. En cambio, sólo el 23% buscaría que le devuelvan los dineros que vienen de la adecuación de la tabla de factores y excedentes y que las isapres quiebren si es necesario. Además, el 73% de los chilenos se muestra en desacuerdo con que se apruebe una ley que revierta el fallo de la Corte Suprema y perdone el pago de las isapres a los afiliados.
Ángela Vivanco: “Los excedentes que las isapres deben devolver son a las personas que demandaron”
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