El Cuarto Tribunal Oral en Lo Penal de Santiago absolvió por los delitos de apremios ilegítimos al teniente coronel en retiro de Carabineros, Claudio Crespo, en la investigación por las lesiones que sufrió Gustavo Gatica, quien perdió su visión.
El exfuncionario policial fue acusado como autor de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas y el Ministerio Público solicitaba una pena de 12 años de cárcel.
El 8 de noviembre de 2019, en el contexto del estallido social, Crespo realizaba labores de control de orden público en la calle Carabineros de Chile, entre Avenida Vicuña Mackenna y Ramón Corvalán, en las inmediaciones de la Plaza Baquedano.
En aquella instancia, en Avenida Vicuña Mackenna, a unos metros de la calle Carabineros de Chile, los manifestantes instalaron barricadas para impedir el paso de las fuerzas de orden. Además, lanzaron objetos contundentes y bombas molotov. Según la jueza Cristina Cabello, los funcionarios debieron retroceder por el "violento" actuar de los protestantes.
Durante esta jornada, en el Centro de Justicia se congregaron adherentes del Partido Nacional Libertario -incluyendo al excandidato presidencial Johannes Kaiser- en apoyo del ex funcionario policial, y también manifestantes a favor de Gustavo Gatica, quien resultó electo como diputado por el distrito 8.
Durante la audiencia, la jueza argumentó que "el uso de la fuerza debe estar fundado", en esta misma línea, explicó que inicialmente se deben usar medios no violentos antes de hacer uso de la fuerza.
Adicionalmente, dio a conocer que el entonces teniente coronel en retiro de Carabineros contaba con su debida certificación para operar una escopeta antidisturbios, renovada en marzo de 2019.
La víctima recibió dos impactos de perdigones en sus ojos, lo que le provocó la pérdida de su visión.
Caso Gustavo Gatica: Los argumentos del tribunal para absolver a Claudio Crespo
La jueza acusó que Gustavo Gatica se sumó a los manifestantes que habían robado una jaula en el lugar y que se encontraban agrediendo a Carabineros lanzando objetos contundentes. Ante lo cual, Crespo y el resto de los funcionarios siguieron la orden de avance y accionaron las escopetas "sin utilizar un vehículo lanzaaguas ni haber hecho advertencias previas".
En este contexto, la magistrada señaló que la integridad de Carabineros se encontraba en riesgo luego de que un funcionario resultara herido por una bomba molotov, desencadenado el actuar "justificado" de las Fuerzas Especiales, que no contaban con un carro lanzaaguas producto de que se encontraba en reabastecimiento en un grifo.
El juez René Bonnemaison detalló además que durante el hecho, tres funcionarios de Carabineros se encontraban con escopetas antidisturbios y se determinó que el autor de los disparos que afectaron a la víctima fue el acusado, Claudio Crespo.
El magistrado acusó que Crespo disparó "abusando de su cargo con la intención de castigar al tercio superior del cuerpo de los manifestantes, que se ubicaban desde una distancia de 21,4 metros, hiriendo al ofendido a una distancia de 24,5 metros". Sin embargo, el tribunal detalló que "es necesario entregar al funcionario un espacio de discrecionalidad", además "no tiene la facultad de calcular la distancia". De todas formas, "el tiro debe ser dirigido al tercio inferior".
Asimismo, el juez afirmó que "no es posible atribuirle participación en calidad de autor de un delito de apremios ilegítimos". La jueza Cristina Cabello también apeló al derecho de legítima defensa ante una "agresión ilegítima" contra los funcionarios policiales con el lanzamiento de estructuras metálicas, bombas molotov y fuegos artificiales, por lo que el acusado actuó cumpliendo la orden de sus superiores.
Al momento de resultar herido, el tribunal determinó que la víctima portaba una piedra en su mano, la cual se disponía a lanzar contra Carabineros. "El uso de la escopeta antidisturbios constituyó el medio racionalmente necesario para el caso", justificó Cabello.