Mauricio Ortega Ruiz, condenado a una pena de 18 años como autor de lesiones graves gravísimas, lesiones graves y violación de morada en contra de Nabila Rifo, volvió a solicitar el beneficio de libertad condicional.
El martes 17 de marzo, el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG) en Aysén fue notificado por el Juzgado de Garantía de Coyhaique de una nueva postulación de Mauricio Ortega al beneficio carcelario.
Ante esto, y en representación de la víctima, el SernamEG confirmó que se opuso a la postulación y presentó los descargos el viernes 20 de marzo, los que serán revisados el próximo 14 de abril, cuando sesione la Comisión de Libertad Condicional.
Cabe recordar que esta es la tercera vez que Ortega solicita el beneficio. La primera postulación fue en marzo del 2025, la que fue rechazada. En octubre del año pasado, la solicitud fue aceptada, pero posteriormente revocada, tras un recurso de amparo que presentó SernamEG y que la Corte Suprema ratificó.
Esto hizo que en noviembre del año pasado, debiese retornar a la cárcel.
Ortega fue condenado en 2017 a 18 años de presidio efectivo por como autor de las lesiones contra Nabila Rifo, lo que lo habilitó para postular a este beneficio al haber cumplido la mitad de su pena.
La declaración del SernamEG por nueva solicitud del agresor de Nabila Rifo
En una declaración pública, el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG) indicó que "tras ser notificados por el Poder Judicial sobre una nueva postulación del condenado Mauricio Ortega Ruiz a la libertad condicional, nos oponemos firmemente a la concesión de este beneficio y ya presentamos formalmente los descargos de la víctima ante la Comisión de Libertad Condicional de Aysén. Esta es la tercera vez que Ortega solicita esta medida".
Asimismo, indicaron que "en octubre del año pasado, la solicitud fue aceptada, pero posteriormente revocada por la Corte Suprema, tras un recurso de amparo que presentó el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género".
"El fallo estableció que no se consideraron adecuadamente las condiciones de discapacidad visual de la víctima (Nabila Rifo), lo que requería ajustes específicos para garantizar el ejercicio efectivo de sus derechos, declarando ilegal lo resuelto al vulnerar el debido proceso", complementaron.
Para cerrar, expresaron que "como institución reiteramos nuestro compromiso con la defensa de los derechos de las víctimas de violencia de género, con el acceso a la justicia y con el respeto pleno a su derecho a ser oídas en cada etapa del proceso".