El Congreso completó este lunes la tramitación del proyecto que realiza ajustes clave a la Ley N° 21.802 sobre seguridad municipal. Con el respaldo de la Cámara de Diputadas y Diputados, que aprobó la iniciativa por 121 votos a favor, siete en contra y seis abstenciones, el texto quedó despachado y listo para su promulgación por parte del Ejecutivo.
La reforma busca corregir trabas operativas detectadas desde la entrada en vigencia de la ley matriz en agosto pasado, entregando a los alcaldes mayor margen financiero y contractual para conformar y equipar sus direcciones de seguridad pública comunal.
A continuación, los puntos centrales que introduce la nueva legislación:
1. Inspectores bajo reglas del Código del Trabajo, pero con deber de funcionarios públicos
Uno de los principales nudos que resuelve la iniciativa es el régimen laboral. Los municipios ahora podrán contratar personal de seguridad bajo las reglas del Código del Trabajo.
Para garantizar probidad y control, estos trabajadores tendrán la calidad de funcionarios públicos para efectos legales: quedarán sujetos a las normas de responsabilidad administrativa y a los procesos disciplinarios fijados por el Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales.
En cuanto a sus remuneraciones, la ley fija estos límites:
- Sus sueldos deberán estar asimilados a un grado de la escala municipal.
- En ningún caso podrán ganar más que los funcionarios de planta o a contrata que cumplan labores similares.
- Se establecen topes específicos para las indemnizaciones por término de contrato.
2. Mayor presupuesto para contratar patrulleros
Hasta ahora, los municipios tenían un tope máximo de dinero para pagar sueldos, lo que les impedía contratar más patrulleros aunque tuvieran los recursos. Con esta ley, el personal de seguridad queda fuera de ese límite general y se fija una regla nueva calculada según los ingresos que reciba cada comuna:
Tope base: Cada municipio podrá destinar hasta un 5% de sus ingresos propios permanentes a este ítem.
- Tramos excepcionales: El porcentaje puede subir a un 15% con autorización de la Subsecretaría de Desarrollo Regional (Subdere), o llegar hasta un 25% si suma además el visto bueno de la Dirección de Presupuestos (Dipres).
Para conceder esos aumentos, las autoridades deberán evaluar factores concretos de la comuna, como población flotante, extensión geográfica, ruralidad, índices de delitos y grado de dependencia del Fondo Común Municipal. Cada alcalde, a su vez, deberá rendir cuentas al concejo municipal sobre el uso de estos fondos.
3. Exámenes médicos más accesibles y plazo de regularización
Para agilizar la llegada de inspectores, se amplían las opciones para acreditar la idoneidad física y psicológica. Ya no será obligatorio recurrir únicamente a la red de salud pública: las evaluaciones también podrán realizarse en clínicas o centros privados y en mutuales de seguridad.
Para el personal que ya se encuentra en funciones en las distintas comunas, se fijó un plazo de doce meses para certificar este requisito, contado desde el decreto alcaldicio de su nombramiento.
4. Nuevas exigencias para conductores de patrullas
Respecto a quienes manejan los vehículos de seguridad ciudadana, tanto municipales como de asociaciones comunales, la norma exige:
- Contar con la licencia de conducir común acorde al tipo de vehículo.
- Acreditar una antigüedad mínima de tres años con dicha licencia.
5. Fondos estatales para capacitación y equipamiento
El texto crea un plan anual de financiamiento administrado por la Subdere, al que los municipios podrán postular para costear formación de inspectores, adquisición de equipamiento e infraestructura de seguridad. En la entrega de estos recursos se priorizará a comunas de menores ingresos, zonas extremas y territorios con alta vulnerabilidad delictual.
La reforma también amplía de 60 a 180 días (de dos a seis meses) el periodo de adaptación para que las municipalidades puedan ordenar sus decretos y regularizar los contratos de sus equipos sin quedar fuera de plazo, eliminando además una traba administrativa que demoraba la puesta en marcha de estas medidas.
La reforma también amplía de 60 a 180 días (de dos a seis meses) el periodo de adaptación para que las municipalidades puedan ordenar sus decretos y regularizar los contratos de sus equipos sin quedar fuera de plazo, eliminando además una traba administrativa que demoraba la puesta en marcha de estas medidas.
La reforma también amplía de 60 a 180 días (de dos a seis meses) el periodo de adaptación para que las municipalidades puedan ordenar sus decretos y regularizar los contratos de sus equipos sin quedar fuera de plazo, eliminando además una traba administrativa que demoraba la puesta en marcha de estas medidas.
La reforma también amplía de 60 a 180 días (de dos a seis meses) el periodo de adaptación para que las municipalidades puedan ordenar sus decretos y regularizar los contratos de sus equipos sin quedar fuera de plazo.
Quiénes votaron en contra y quiénes se abstuvieron
En la sala de la Cámara, la iniciativa sumó siete votos en contra: Héctor Barría (DC), Jaime Bassa (FA), Carlos Cuadrado (PPD), Javier Muñoz (DC), Javier Olivares (PDG), Cristián Tapia (ind-PPD) y Nelson Venegas (PS).
En tanto, se abstuvieron Jaime Araya (ind-PPD), Francisco Crisóstomo (PS), Andrea Macías (PS), Alex Nahuelquín (PDG), Raúl Soto (PPD) y Héctor Ulloa (PPD).
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