Un grupo de aproximadamente 85 trabajadores de una empresa dedicada a la fabricación de molduras ubicada en la comuna de Colina, región Metropolitana, decidió recurrir al autodespido tras denunciar una serie de incumplimientos laborales, entre ellos la falta de pago de remuneraciones.

Pero cómo funciona el autodespido y en qué casos puede ser solicitado. Lilia Jerez, abogada especialista en derecho laboral y académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago (Usach), explicó esto a T13.cl y detalló si el despido indirecto considera o no el pago de indemnización.

"El autodespido es una forma de término de la relación laboral que consiste en que el trabajador estima que sus derechos han sido vulnerados por el empleador o ha habido de su parte un incumplimiento grave de las obligaciones laborales por parte del empleador", explicó la especialista.

De esta manera, el trabajador decide ponerle término al contrato de trabajo mediante una carta dirigida a su empleador, señalando que invoca la causal de autodespido —o despido indirecto— y los hechos en que ésta se funda en relación al incumplimiento grave.

Sobre cuáles pueden ser estos incumplimientos graves del empleador, Lilia Jerez expuso que depende caso a caso, "pero en general se refieren a pago de remuneraciones, por ejemplo, o al no pago de cotizaciones previsionales, o a otros temas como podría ser vulneraciones de derechos fundamentales".

 

¿El autodespido considera indemnización?

La académica de la Usach explicó que "considera indemnización en la medida que sea acreditado el incumplimiento grave ante tribunales y ahí es la dificultad del despido indirecto".

"El trabajador, para lograr el pago de la indemnización, tiene que demandar al empleador, basado en los hechos de su carta de autodespido y acreditar los hechos que alega, y ahí tendría derecho a indemnización por años de servicio, si es que cumple los años de servicio, incrementada en un 50% más", complementó.

Por el contrario, "si es que el tribunal determina que el incumplimiento grave por parte del empleador no ha sido acreditado, o bien el trabajador no demanda, se entiende que esto es una renuncia por parte del trabajador. La renuncia no necesita una causal propiamente tal para renunciar y además no tiene derecho a indemnización".

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