Este miércoles, el Ministerio de Educación (Mineduc) lanzó la plataforma 'Modo Aula', que explica cómo funcionará la ley que prohíbe el uso de celulares al interior de establecimientos de educación parvularia, básica y media.

La implementación de esta normativa comenzará a partir del mes de marzo y busca regular el uso de dispositivos electrónicos de comunicación de uso personal en establecimientos educacionales.

El ministro de Educación, Nicolás Cataldo, detalló que "desde educación parvularia hasta los niveles de transición (prekínder y kínder) es algo que está prohibido sin excepción".

"Para enseñanza básica y media, también está prohibido, sin embargo, con excepciones frente a determinadas circunstancias, por ejemplo, al tener necesidad educativa especial que precise un vínculo con la familia, establecer algún tipo de enfermedad que establezca la dependencia, también se permite para uso pedagógico", señaló el secretario de Estado.

Adicionalmente, el ministro Cataldo confirmó que "el plazo que tendrán los sostenedores es hasta fines del mes de junio. Es importante señalar que hasta que eso no suceda, la implementación de la ley está en transición".

"Así como se establece la prohibición del celular, también estamos hablando de smartwatch y tablets. A docentes también no se les permitirá el uso de estos aparatos en la sala de clases o en el patio. Para ser coherentes en los efectos nocivos que esto tiene en niños y niñas, sobre todo por la dependencia y adicción, es conveniente que los adultos responsables estén sujetos a las mismas reglas", argumentó.

Mineduc explica ley que prohíbe uso de celulares en colegios

  • Normativa prohíbe "dispositivos móviles de uso personal"

Esto incluye teléfonos celulares y smartphones, tablets de uso personal, relojes inteligentes con conexión a internet o mensajería y otros dispositivos portátiles similares que permiten una comunicación personal permanente.

Sin embargo, NO aplica para computadores, tablets institucionales u otros recursos tecnológicos del establecimiento utilizados con fines pedagógicos.

  • ¿Desde cuándo entra en vigencia?

Desde el inicio del año escolar 2026. De todas formas, los establecimientos tienen plazo hasta el 30 de junio de 2026 para actualizar sus Reglamentos Internos.

  • ¿Quiénes deben cumplir con la nueva regulación?

Todos los integrantes de la comunidad educativa: niños, niñas y estudiantes; docentes y directivos, asistentes de la educación; madres, padres y/o apoderados.

  • Excepciones

Uso pedagógico planificado en educación básica y media, apoyo a estudiantes con necesidades educativas especiales, condiciones de salud que requieren monitoreo; emergencias, desastres o catástrofes, solicitudes fundadas y temporales por razones de seguridad personal o familiar.

Estas excepciones se evalúan caso a caso, deben estar debidamente fundadas, son acotadas en el tiempo y requieren la autorización de la Dirección del establecimiento.

  • ¿Dónde rige la prohibición?

Si bien se aplica especialmente durante las actividades curriculares en la sala de clases, también incluye a todo el horario escolar, salvo los casos excepcionales previstos en la normativa.

Los Reglamentos Internos deberán definir cómo se garantiza su cumplimiento, promoviendo el juego, el encuentro y la interacción social en los recreos y otros espacios.

  • Sanciones

Las medidas frente a incumplimientos deben ser educativas y proporcionales, y estar definidas en el Reglamento Interno de cada establecimiento.

  • El rol de las familias 

La ley establece como deber de las familias supervisar y acompañar el uso de dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal por parte de los estudiantes fuera del horario escolar, así como asumir la responsabilidad por las consecuencias derivadas de su utilización indebida. Para más información, ingresa >AQUÍ<.

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