Este viernes el pleno de la Corte Suprema aprobó el "Procedimiento de actuación para la prevención, denuncia y tratamiento del acoso sexual en el Poder Judicial chileno", con el fin de erradicar este tipo de conductas al interior de la justicia nacional.

Mediante un comunicado el Poder Judicial precisó que con esta inédita iniciativa el organismo reconoce este tipo de situaciones como una manifestación de violencia de género y "por tanto una violación a los Derechos Humanos, que afecta principalmente y de manera desproporcionada a las mujeres".

"Sabemos que no será fácil ya que es una cuestión que requiere un cambio en la cultura que como país debemos asumir. Sin embargo, creemos que es un paso importante para visibilizar estas conductas, dejar de naturalizarlas y erradicarlas del espacio laboral el protocolo en sí mismo es un mecanismo de prevención y considera medidas que permiten dar información a las denunciantes y protección a las víctimas y garantiza un debido proceso", aseguró tras la aprobación la encargada de los asuntos de género del Poder Judicial, ministra Andrea Muñoz.

Esta medida responde al resultado de un estudio realizado entre fines de 2015 e inicios de 2016 al interior del organismo y que reveló que una de cada diez personas habían experimentado o presenciado acoso sexual y que de ellas, sólo el 22% utilizaba alguna vía institucional para denunciar.

¿En qué consiste el protocolo?

Este protocolo entrará en vigencia el 1 de julio 2018 y tiene por fin "regular la investigación de hechos que pudieran constituir acoso sexual -respetando las garantías de las personas involucradas-, la imposición de sanciones a las personas responsables, la adopción de medidas eficientes de resguardo a la víctima y las necesarias para evitar la repetición de la conducta reprochada".

Además, el documento aprobado define y menciona conductas de acoso sexual, y a las acciones de hostigamiento laboral que deriven de aquel. Este tipo de actos podrán ser denunciados no únicamente por integrantes del Poder Judicial, sino que también por usuarios y personas que presten servicios a la institución.

Normas y sanciones

El protocolo establece normas especiales para la investigación de estos casos como asegurar la participación de la persona denunciante durante todo el proceso a fin que pueda ejercer sus derechos, excluir prueba basada en conceptos estereotipados sobre género y prohibir la referida a la vida sexual o afectiva de la persona denunciante, ajena a los hechos investigados.

Esto se suma a que dispone como principio del procedimiento la diligencia y celeridad para evitar la burocracia, el de confidencialidad junto con imparcialidad y protección a la dignidad e integridad de las personas.

Asimismo, se establece la posibilidad de implementar medidas cautelares en la tramitación del procedimiento. Sobre la sanción, se establece la mayor jerarquía de la persona como una agravación de su conducta, entre otras, y permite la adopción de medidas reparatorias al momento de imponer la sanción con el fin de restablecer la confianza entre la víctima y la institución.

Revisa aquí el acta de procedimiento sobre acoso sexual en el Poder Judicial

Publicidad