En septiembre pasado, el Congreso Nacional aprobó la nueva Ley de Cumplimiento Tributario, que entre otras cosas potenciará la acción del Servicio de Impuestos Internos (SII) en el combate contra la evasión, la informalidad, el comercio ilícito y el crimen organizado.

En ese sentido, las instituciones financieras tendrán la obligación de informar al SII sobre cuentas que reciban más de 50 transferencias de personas distintas en un mes, o bien, más de 100 transferencias de personas distintas en seis meses, información que deberá ser remitida de manera semestral, dentro de los meses de julio y enero, respecto del semestre inmediatamente anterior.

En enero de 2025 debía realizarse el primer reporte semestral, respecto del segundo semestre de 2024.

Sin embargo, este no es el único aspecto que las instituciones bancarias deben reportar al SII.

La información que las instituciones bancarias deberán reportar al SII

El 30 de junio de 2022 se publicó en el Diario Oficial la Ley 21.453, incorporando un nuevo artículo (85bis) en el Código Tributario. Esta normativa obliga a distintas entidades financieras a reportar al SII los saldos o suma de los abonos de productos o instrumentos, individualmente o en conjunto, cuando registren un movimiento diario, semanal o mensual, igual o superior a 1.500 unidades de fomento (aproximadamente $57.621.330).

Según Banco Santander, una de las instituciones que recordó esta información a sus clientes, esta nueva normativa aplica a titulares personas naturales, jurídicas o patrimonios de afectación con domicilio o residencia en Chile, o que se hayan constituido o establecido en el país.

Los productos que se deberán reportar anualmente al SII son:

  • Cuentas corrientes bancarias.
  • Depósitos a plazo.
  • Depósitos a la vista o vales vista.
  • Cuentas a la vista.
  • Cuentas de ahorro a plazo.
  • Cuentas de ahorro a la vista.
  • Cuentas de ahorro a plazo para la vivienda.
  • Cuentas de ahorro a plazo con giros diferidos.
  • Cuentas de ahorro a plazo para la Educación Superior reguladas por el Banco Central de Chile conforme al artículo 35, N°1, de su ley orgánica.
  • Cuentas de custodia reguladas en la ley N°18.876, que establece el marco legal para la constitución y operación de entidades privadas de depósito y custodia de valores.
  • Contratos de rentas privadas, ya sean vitalicias o temporales.

Esta ley aplica para los saldos y sumas de abonos identificados a partir de septiembre de 2022, y los reportes se realizan una vez al año al SII, reportándose al SII en marzo 2025.

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