“Se rieron de todo un país”. De esta manera, la jueza Michelle Ibacache, fundamentó su decisión que decretó la prisión preventiva de los abogados Mario Vargas, Eduardo Lagos y Gonzalo Migueles, formalizados por la Fiscalía por supuestos delitos de corrupción en torno a Ángela Vivanco, exministra de la Corte Suprema.
A casi una semana de la resolución, la defensa de Mario Vargas, representada por el abogado Sergio Contreras, apeló a la decisión del tribunal de primera instancia para revocar esta medida para que su representado quede con arresto domiciliario.
En la apelación, la defensa de Vargas acusa a la jueza Ibacache de que “existe un desvío teleológico en ella, en cuanto parece abandonar, en gran medida, su vocación jurídica y técnica para abrazar, en su lugar, un tono cuasi-político, y hasta sociológico. Presenta una redacción y una narrativa sentenciosa, moralizante, y algo ensayística, que se aleja del rigor que, en concepto de esta parte, debe observar una resolución librada por un tribunal llamado a decidir sobre la privación de libertad a un ciudadano, por necesidad de cautela”.
En esa misma línea agregó que “la resolución destina alrededor de tres quintas partes de su extensión a abordar temáticas ajenas a la estricta configuración del ilícito penal y su estándar probatorio conforme al artículo 140 del Código Procesal Penal. La resolución discurre largamente sobre la ‘confianza pública’, la ‘probidad administrativa’, la ‘imagen del Poder Judicial’ y el denominado ‘fantasma de la corrupción’ –eje narrativo y literario, este último, de toda la resolución–“.
La defensa explicó que la resolución impugnada no analiza estos delitos desde la prueba directa de su ejecución.
“No existe un testigo, una fotografía o un video, una confesión, una interceptación telefónica, un registro de comunicaciones, nada que dé cuenta de la existencia de los pagos de USD$15.600 y USD$14.000 que el Ministerio Público afirma habrían tenido lugar en julio y diciembre de 2023”, se lee en el escrito.
Para la defensa de Vargas, los pagos son, a su juicio, “construcciones hipotéticas elaboradas por la Fiscalía a partir de inferencias sucesivas. No existe ningún antecedente que vincule ese depósito con un acto ilícito, pero la Fiscalía lo interpreta como si fuera un pago espurio”, dice el documento.
Finalmente, explica que “el dinero que ingresa a las cuentas de la oficina Lagos, Vargas y Silber no es sino la consecuencia directa de un contrato de prestación de servicios profesionales autónomo y lícito celebrado entre la empresa CBM y el estudio jurídico. Dicho contrato preveía una cláusula de éxito o premio condicionado al cumplimiento de ciertas metas, las cuales, en los hechos, fueron satisfechas”.