El Consejo de Defensa del Estado (CDE) valoró el fallo del Séptimo Juzgado Civil de Santiago que rechazó en su totalidad una demanda presentada por 35 locatarios de la galería del Hotel Crown Plaza, en el sector de Plaza Baquedano, contra el Estado de Chile.

Los demandantes acusaban que durante el periodo del estallido social iniciado el 18 de octubre de 2019, sufrieron daños en sus locales producto de hechos de violencia, saqueos, amenazas y destrucción de sus negocios, lo que habría afectado su funcionamiento y generado pérdidas económicas. Además, sostenían que no se les habría entregado la protección suficiente ante esos hechos.

Tribunal rechaza demanda de locatarios del Hotel Crown Plaza

Sin embargo, el tribunal rechazó la demanda y concluyó que no es posible atribuir responsabilidad al Estado en este caso. En su resolución, señaló que, dada la magnitud del estallido social , con más de 19.000 hechos de violencia registrados de forma simultánea en distintas zonas del país, la obligación del Estado de resguardar el orden público debe entenderse como "una obligación de medios y no de resultados". 

El fallo también indica que, dadas las características de los hechos ocurridos, su nivel de violencia y su dispersión geográfica, fue una situación de contingencia extrema que hizo imposible evitar cada uno de los incidentes de forma individual.

En ese sentido, el tribunal explicó que, considerando las capacidades reales de las fuerzas de orden en ese momento, no había una forma de evitar completamente todos los actos de violencia. Por lo mismo, concluyó que no se puede hablar de una “falta de servicio” del Estado, que era lo que se necesitaba para que se le pudiera atribuir responsabilidad por los daños reclamados.

Con esta decisión, el tribunal rechazó íntegramente la demanda y eximió al Estado de responsabilidad en los perjuicios alegados por los locatarios.

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