Dentro de las indicaciones que ingresó el Ejecutivo al proyecto de Reconstrucción Nacional se encontraba aquella que agregaba un nuevo artículo 34 a la megarreforma y abordaba el pago del Crédito con Garantía Estatal (CAE).

Este artículo fue discutido y votado por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, se aprobó parcialmente y fue despachado con el resto de las medidas a la Comisión de Medio Ambiente. 

El artículo establecía que la Tesorería General de la República podría dar facilidades de pagos respecto a créditos que financian estudios de educación superior y están amparados en la ley N° 20.027.

En ese sentido, la Tesorería podría otorgar acuerdos especiales que inician con el pago de un pie por parte del deudor del CAE y para lo cual se debe definir el tipo de convenio, sus características, plazos, montos mínimos de pie y número de cuotas con un límite de 48.

En el caso de que al momento de que venza el plazo del convenio o se haya pagado la última cuota, aún queda un remanente de deuda, se establecía que la Tesorería podía extinguirlo total o parcialmente. 

Qué se aprobó en indicación sobre el CAE

El artículo 34 fue aprobado parcialmente. Los integrantes de la comisión decidieron aprobar que la Tesorería otorgue convenios a los deudores.

Sin embargo, se rechazó la idea de condonar el saldo remanente luego del convenio. 

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