Este martes, la Corte de Apelaciones fijó límites para la revisión y extracción de información desde los dispositivos electrónicos incautados a la senadora Camila Flores (RN), en el marco de una investigación del Ministerio Público por el delito de fraude al fisco.
La decisión fue adoptada por la Segunda Sala del tribunal de alzada, que acogió de manera unánime el recurso de amparo presentado en favor de la parlamentaria.
Con el fallo, la Fiscalía tendrá que tomar algunos resguardos antes y durante los análisis de los aparatos. Entre ellas, tendrá que informar al juez de garantía quiénes serán los funcionarios que tendrán acceso a los dispositivos y dejar fuera de la investigación tanto la información anterior a la primera elección de Flores como aquellos antecedentes que no tengan relación con los hechos investigados.
La Corte también determinó que el Ministerio Público deberá informar los descriptores que utilizará para realizar las búsquedas dentro de la información contenida en los equipos.
A esto se suma la obligación de eliminar las copias de información que haya sido extraída fuera de los límites fijados por el tribunal y que no tenga interés criminalístico. La Fiscalía deberá comunicar al tribunal cuáles fueron los protocolos utilizados para esa eliminación y quiénes estuvieron a cargo del procedimiento.
El tribunal precisó que los dispositivos deberán permanecer bajo custodia exclusiva de la Fiscalía Regional. Además, será el Ministerio Público el encargado de informar al juez de garantía la identidad de todas las personas que podrán acceder a ellos.
La resolución fue dictada por las ministras Nancy Bluck y Carolina Figueroa, junto al abogado integrante Felipe Caballero.
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