Con 137 votos a favor y ninguno en contra, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto que agrava la pena del delito de lesiones, cuando el agresor tenga o haya tenido con la víctima una relación de pareja, de carácter sentimental o sexual, sin convivencia.

La iniciativa, que fue analizada por la Comisión de Mujeres y Equidad de Género, agrega también que estas mismas penas se aplicaran cuando las lesiones hayan sido por razones de género, de acuerdo a lo establecido en el Código Penal.

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Según explicó la cámara, estas razones serían por la negativa a establecer con el autor del delito una relación de carácter sentimental o sexual; por el ejercicio de la prostitución y por la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de la víctima, entre otras.

El proyecto, que pasó a segundo trámite al Senado, además, establece que en estos casos no se podrá aplicar la atenuante establecida en la legislación vigente, que habla de actuar por estímulos “tan poderosos” que naturalmente hayan producido arrebato y obcecación.

La normativa también establece que será considerada para la ponderación del delito la habitualidad con que se ejerciera la violencia física por parte del agresor en contra de la víctima.

En el informe, entregado por la diputada Marcela Hernando, se mencionó que el objetivo de esta propuesta apunta también a generar una concordancia con las normas que sancionan el delito de femicidio y que, desde marzo de este año, también se incluye en este cuando la víctima tenía o tuvo una relación sin convivencia o por razones de género, con la Ley Gabriela.

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