El escenario electoral ha traído consigo el debate respecto a los indultos a los presos de Punta Peuco, condenados por crímenes de lesa humanidad, y al proyecto que busca el cumplimiento alternativo de las penas para condenados mayores y con enfermedades terminales.

La discusión resurgió con la franja televisiva de la candidata Jeannette Jara, donde se acusa a José Antonio Kast de querer indultar a Miguel Krassnoff, quien tiene más de 80 condenas y cerca de mil años de prisión en total. 

El pasado lunes, Kast fue consultado al respecto y se limitó a apuntar al proyecto de cumplimiento alternativo de las penas que se presentó en la Cámara Alta: "Hoy día no soy parlamentario, pero ahí podrá darse una señal. A lo mejor el Senado quiere que los enfermos terminales puedan terminar en sus hogares, cosa que a mí me gustaría, que alguien que está a punto de morir, pueda terminar en su hogar. A lo mejor eso sería razonable", sostuvo Kast. 

A mediados de julio, el candidato había abordado el tema con Desde la redacción de La Tercera, donde sostuvo que "uno tiene que analizar cada hecho en su mérito". 

En qué consiste el proyecto

El proyecto al que hizo mención en aspirante a La Moneda es aquel que presentaron a finales de enero de 2025 los senadores Francisco Chahuán (RN), Luz Ebensperger (UDI), Luciano Cruz-Coke (Evópoli), Alejandro Kusanovic (ind.) y Carlos Kuschel (RN). 

Se trata de la segunda iniciativa impulsada por los parlamentarios, ya que en primera instancia fue desestimada por el Senado. Tras volver a ingresar el proyecto en la Cámara Alta, la comisión de Derechos Humanos aprobó legislar. 

Lo que busca el proyecto es que "se considere al privado de libertad como un sujeto de derechos que debe ser protegido e incentivado en la inserción social y no como un súbdito de la Administración que solo tiene obligaciones".

Y si bien los senadores manifiestan que está destinado a la población penal en general, se refieren a los condenados por causas de derechos humanos porque "representan más de dos tercios del total de la población provecta del país".

Se argumenta que la situación carcelaria es cruda, en particular por el hacinamiento, lo que derivaría en deficiencias y en que se ocasiona "el fallecimiento de varios reos, producto de la falta de atención médica oportuna y/o por enfermedades crónicas mal cuidadas". 

Además de aquello, plantean que hay certeza de que el transcurso del tiempo ha convertido a estas personas "en ciudadanos absolutamente inofensivos". 

Se contempla reclusión domiciliaria total por el tiempo que reste de condena para:

  • El interno enfermo cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario, por cualquier motivo, le impida recuperarse o tratar adecuadamente su enfermedad crónica.
  • El interno que padezca una enfermedad incurable en período terminal.
  • El interno discapacitado cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario es inadecuada por su condición implicándole un trato indigno, inhumano o cruel.
  • El interno mayor, cumplido 80 (ochenta) años o más, como resultado de la suma de su edad real, más los años que efectivamente ha estado privado de libertad en un recinto penal, teniendo una edad mínima de 70 (setenta) años. 

 

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