Aclara al medio y al final de esta entrevista, que no es experto en geología ni en desastres naturales. “Soy experto en derecho penal”, dice el fiscal de Las Condes, Manuel Zará, a quien se le encomendó la tarea de investigar posibles responsabilidades penales por el aluvión que colapsó San Carlos de Apoquindo.
Casi un mes después de la emergencia, el persecutor de Las Condes detalla a Reportajes Teletrece Sábado que está abocado a reunir toda la información y documentación posible sobre “cómo se organizaban” distintas instituciones –entre ellas la Municipalidad de Las Condes y el Ministerio de Obras Públicas– para “prever y mitigar” este tipo de desastres naturales.
La investigación en torno al aluvión inició por una denuncia de siete personas que resultaron heridas el jueves 8 de octubre, después de que el cielo se “volviera negro”, según relataron testigos. “Al recibir la denuncia estamos compelidos a investigar”, afirma Zará.
Se hace cargo, además, de las alertas previas que existían sobre el aluvión y que meses antes advirtieron de su riesgo inminente, luego de la pérdida de vegetación provocada por los incendios forestales en la zona cordillerana de San Carlos de Apoquindo. “Después de un incendio el principal riesgo no es el fuego es el agua”, señaló un documento revelado por Reportajes Teletrece, que fue presentado en un COGRID comunal de Las Condes, el 24 de junio.
El fiscal Zará dice que esa alerta, como la de Sernageomin del 11 de febrero, ya están incorporadas a su investigación. “Esos dos hitos, que nosotros ya los tenemos levantados como elementos de la investigación, nos hacen ver que si hay autoridades responsables, ya tenían conocimiento de que esto podía pasar y eso es muy importante para guiar la investigación”, recalca.
Sin embargo, repite que se trata de una investigación compleja y advierte que el resultado no necesariamente “puede terminar en imputaciones” de carácter penal. Trabaja con un equipo interdisciplinario del OS9, que cuenta con policías especializados en incendios y desastres naturales.
–Una investigación de esta naturaleza, ¿qué delitos busca despejar?
–La principal hipótesis que puede darse eventualmente —porque eso lo iremos confirmando a lo largo de la investigación— es un posible cuasidelito de lesiones. Esa es la hipótesis que investigamos primariamente.
–¿La investigación se podría expandir a otro tipo de delitos? Por ejemplo, en otras catástrofes naturales, como el terremoto de 2010 y el incendio en Viña del Mar de 2024, también se investigaron posibles omisiones de acción por parte de autoridades.
–Básicamente es la misma estructura penal de lo que se investigó en esos casos que me menciona. Se imputaron cuasidelitos de homicidio y básicamente la estructura de este delito, en la modalidad que lo estamos investigando, refiere a una infracción de deberes. Y es muy similar a lo que sucedió en otra catástrofe natural como el terremoto, donde había autoridades que estaban llamadas a realizar ciertas conductas y no se verificaron. Guardando las proporciones, afortunadamente acá no hubo delitos, pero es la misma lógica de investigación.
–Entonces, está dentro del paraguas de esta investigación determinar el actuar de diferentes autoridades, ya sean popularmente electas y también jefes de servicios de Gobierno.
–Nosotros lo que queremos hacer con esta investigación es determinar si las autoridades, ya sean electas o técnicas, que estaban llamadas a prever, mitigar o poder actuar ya producida la emergencia, lo hicieron correctamente.
–¿Podrían ser citadas a declarar autoridades?
–Todavía estamos lejos de poder llegar a ese escenario, porque en esta primera etapa estamos levantando información, es una etapa muy normativa. Me refiero a que estamos levantando información normativa de cómo se construyen las obligaciones de cada una de las instituciones, respecto a la obligación de actuar en este tipo de emergencias. A cada institución que creemos puede dar información relevante, le vamos a pedir la documentación pertinente.
Una vez que tengamos este entramado normativo, vamos a poder determinar con más claridad quiénes son las personas que están a cargo de implementar y prever este tipo de situaciones. Ahí pueden existir varios tipos de cargos y responsabilidades, pero aventurarnos en este momento a decir que hay ciertas autoridades que tienen que ser llamadas a declarar, no podemos hacerlo.
–Más allá del entramado normativo, ¿cuáles son las complejidades que tienen investigaciones de esta naturaleza?
–Siempre son complejas las imputaciones que podrían darse por infracciones al deber, toda vez que es necesario determinar si es que hubo un incumplimiento total de este deber, un incumplimiento parcial o si era posible exigir cumplimiento. Le pongo un ejemplo: tal vez la única forma de haber evitado este aluvión era haber construido piscinas de decantación y recién en enero, cuando sucedió el incendio que propició esto, se tenía la noción de que algo así podría pasar. No tenemos claro todavía si es que realmente durante este tiempo se pudieron hacer estas medidas de mitigación.
Es complejo. Tenemos claro que probablemente el fin de esta investigación no necesariamente va a terminar en una imputación. Tiene esos desafíos dado que es complejo desde un punto de vista técnico determinar qué es lo que se podía hacer eventualmente y qué es lo que se hizo. Básicamente tenemos que comparar esas dos fotografías.
–Se conocieron advertencias antes de que ocurriera el aluvión. Por ejemplo, el 11 de febrero Sernageomin elaboró un informe que alertaba sobre el alto riesgo de nuevos aluviones. El 24 de junio, la propia Municipalidad de Las Condes en un COGRID comunal presentó un proyecto de mallas dinámicas para mitigar el “riesgo aluvional”. Esas dos advertencias en particular, ¿qué lugar ocupan y qué importancia revisten para su investigación?
–Son de suyo relevantes. Esos dos hitos, que nosotros ya los tenemos levantados como elementos de la investigación, nos hacen ver que si hay autoridades responsables, ya tenían conocimiento de que esto podía pasar y eso es muy importante para guiar la investigación. Ahora bien, falta el siguiente paso, que si bien esto puede dar cuenta que las autoridades ya conocían esta posibilidad, la pregunta es si realmente estaban en condiciones de hacer algo. Esa es la pregunta que tenemos que responder. Ahí se discurre todo lo que vamos a hacer en la investigación, si en realidad a pesar de que sabían, era posible realmente ejecutar alguna obra que hubiese mitigado el aluvión y hubiese evitado que estas personas salieran lesionadas.
–¿Para ello van a requerir levantar documentación interna de instituciones, como la Municipalidad de Las Condes por ejemplo?
Sí, está dentro de este entramado normativo que le comenté. Es toda la documentación que da cuenta de estos hitos, por ejemplo, la documentación que señala cómo se organizaban o cómo estaban estructurados para prever y mitigar este hecho.
–¿Se refiere también a correos y comunicaciones internas, oficios internos y resoluciones de la Municipalidad?
–No hemos llegado todavía a ese detalle, porque estamos en la primera capa de solicitudes. Si es necesario hacerlo, evidentemente llegaremos a pedir el detalle suficiente. Tenemos que ir paso a paso, primero estructurar quiénes son las personas que tienen a su cargo la responsabilidad propia de prever este tipo de hechos.
–La directora de Senapred, Alicia Cebrían, dijo que no se emitió una alerta SAE porque se trataba de un fenómeno “súbito”, ese fue el adjetivo que usó. ¿Usted va a revisar por qué no se envió esa alerta?
–Es una de las líneas de investigación evidentemente. Vamos a ver qué tan determinante es. No hay que desconocer que fue un fenómeno que también a todo el mundo lo pilló de forma súbita. Por tanto tenemos que aquilatar qué trascendencia tiene esa alerta en el resultado de los hechos.
–¿Qué debería esperar la gente lesionada y afectada de la zona de San Carlos de Apoquindo sobre esta investigación?
–Nosotros vamos a levantar toda la información necesaria para dar una respuesta si es que efectivamente se incumplió o no se incumplió el deber de las autoridades. Entonces, nosotros queremos responder a aquellas preguntas para determinar si estas lesiones pueden ser eventualmente atribuibles a este actuar o no.
–A veces estas investigaciones pueden ser incómodas, porque se pesquisa a autoridades que cuentan con un voto popular o autoridades designadas que cumplen una función relevante para la ciudadanía. ¿Ese factor va a tener algún tipo de consideración para su causa?
–No, la verdad que para nosotros es indistinto la persona a quien tengamos que dirigir la investigación, si cumple un rol de autoridad o no. Estas responsabilidades son muy técnicas, son infracciones muy técnicas, por lo tanto nosotros nos abocaremos a eso: determinar si es que hubo una infracción del deber de cuidado o no. Ese es el meollo del asunto y si es que eventualmente aquello pudo haber determinado el resultado de las lesiones.