Fernando Rabat y Luis Silva continúan en el ojo del huracán. Ahora no solo son cuestionados por firmar decretos que redujeron condenas de abusadores y violadores de menores, sino que también por otorgar el beneficio a personas condenadas por homicidio, narcotráfico e incluso por crímenes de lesa humanidad cometidos en la dictadura.

El ministro de Justicia recibió el respaldo del Presidente José Antonio Kast, quien lo ratificó en el cargo. Ayer, Rabat compareció ante la Cámara de Diputados para defender su criterio con vehemencia y en Palacio habría una buena evaluación de su performance.

“No es posible olvidar y dejar de cumplir una sentencia de la Corte Suprema, que me obliga a otorgar el beneficio de rebaja de condenas”, dijo ante los parlamentarios opositores, quienes exigen su salida y confirmaron la presentación de una acusación constitucional.

Pese a que insistió en su versión –de que había una jurisprudencia asentada de la Corte Suprema–, Reportajes Teletrece revisó un caso que tensiona la versión del ministro y su subsecretario. Se trata de un recurso de amparo interpuesto a favor de Patricio González Cortez, exagente de la CNI condenado a 10 años en 2017 por la desaparición de cinco miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR) secuestrados en 1987, para que pueda salir de Colina 1 donde cumple su sentencia.

En medio de la tramitación del recurso, que ingresó el pasado 29 de septiembre, la Corte de Apelaciones de Santiago requirió al Ministerio de Justicia “en calidad de urgente” informar  “todos los antecedentes que existan en su poder” sobre las solicitudes del exmiembro de la policía secreta de Augusto Pinochet.

La respuesta de la cartera de Justicia llegó el 2 de octubre. El encargado de responder en nombre del ministerio fue el subsecretario Luis Silva, quien manifestó de forma explícita la posición de la cartera.

“Esta Subsecretaría estima que el análisis de la procedencia del beneficio debe efectuarse de conformidad con las normas que regulan el sistema de reducción de condenas(...) En el caso analizado, de acuerdo con los antecedentes disponibles, el Sr. González Cortez cumple con los requisitos establecidos para acceder al beneficio y no concurre ninguna de las causales de exclusión”, firmó Silva.

El 7 de octubre, El Mostrador reveló la petición de Silva ante la Corte de Apelaciones de Santiago, antes de que estallara la crisis de las rebajas de condena. Sin embargo, los antecedentes ahora ponen en cuestión las versiones públicas entregadas por Rabat y Silva, pues–en el caso de González Cortez–la Corte Suprema en dos ocasiones había rechazado el otorgamiento del beneficio por tratarse de un “condenado por delitos de lesa humanidad”.

Un agente de la CNI

González Cortez lleva al menos cuatro intentos por salir de la cárcel. El recurso que presentó su abogado Ricardo Bravo detalla que el preso de Colina 1 ingresó a cumplir su condena el 26 de abril de 2017 y que esta debía terminar 10 años después: el 23 de abril de 2027.

En el escrito, sin embargo, se señala que debido a la conducta “sobresaliente” de González Cortez en Punta Peuco y Colina 1 durante 8 años, le correspondían 19 meses de reducción de condena, según los beneficios de la Ley 19.856.

Así las cosas, su postulación llegó a la Unidad de Condenas del ministerio –que depende de la División de Reinserción Social– el 21 de julio de 2025. Sin embargo, el exministro de Justicia, Jaime Gajardo Falcón, rechazó la solicitud de González Cortez, debido a que –invocando el Estatuto de Roma– el exagente no había colaborado ni aportado antecedentes durante la investigación por el secuestro de los miembros del FPMR.

Ante ello, el exagente y su abogado presentaron un amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago, para anular la decisión del exministro de Justicia de Boric. Sin embargo, la Corte de Apelaciones le dio un portazo el 10 de noviembre de 2025 y lo propio hizo la Corte Suprema, el 2 de diciembre del mismo año.

En su fallo, ambas cortes negaron el beneficio al exmiembro de la CNI y ratificaron que la decisión adoptada por el exministro Gajardo Falcón era legal.

“Conforme a lo hasta aquí señalado, la decisión del Ministro de Justicia y Derechos Humanos de rechazar el beneficio de reducción de condena a Patricio Leonidas González Cortez, no resulta ser ilegal, toda vez que se fundamentó en que el solicitante no reunía el requisito del artículo 110 N°4 letras a) del Estatuto de Roma, norma aplicable al caso conforme a lo indicado precedentemente, requisito que no se ha indicado se hubiere cumplido por el condenado”, quedó firme en la sentencia de la Suprema.

No contento con ello, el 30 de abril de este año González Cortez y su abogado volvieron al tribunal de alzada y la Corte Suprema para buscar su libertad. Sin embargo, ambas instancias señalaron que se trataba de una “cosa juzgada”, y que ya había sido fallada hace solo unos meses, por lo que no volvieron a pronunciarse sobre el fondo.

De esa forma, el 27 de mayo, González volvió a recibir un rechazo de la Suprema.

La petición de Silva

En un nuevo intento por conseguir su libertad, Luis Silva –en su calidad de subsecretario de Justicia– envió un oficio a la Corte de Apelaciones de Santiago, quienes le habían pedido dar cuenta de la información que mantenía la cartera sobre Patricio González Cortez.

“La gravedad del delito, la naturaleza del bien jurídico afectado o la consideración de la entidad de la pena impuesta no constituyen causales autónomas de exclusión del beneficio contempladas en el artículo 17. En consecuencia, tales circunstancias no pueden ser invocadas, por sí solas, como fundamento para rechazar administrativamente un beneficio cuya procedencia se encuentra determinada por el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley”, le dijo el subsecretario Silva al Poder Judicial.

La autoridad de Justicia, en su conclusión, le señaló a los ministros de la Corte de Santiago que en el caso de González Cortez no se configuraban las causales de exclusión y de paso cuestionó la decisión de su antecesor Jaime Gajardo Falcón, que fue ratificada por la Corte Suprema.

“En consecuencia, atendido el carácter reglado de la facultad administrativa en esta materia, y considerando que la gravedad o naturaleza del delito no constituye, por sí sola, una causal legal de exclusión, esta Subsecretaría estima que el beneficio de reducción de condena solicitado debió haberse otorgado”, cierra el escrito de Silva.

Pese a sus deseos, la Corte de Santiago y la Corte Suprema volvieron a rechazar el recurso de amparo de González Cortez este 22 de octubre. Con esto, el exmilitar no logró salir de Colina 1. A pesar de ello, desde su entorno, indicaron que buscarían una última opción en el Tribunal Constitucional.

Reportajes Teletrece pidió una versión al subsecretario Luis Silva, pero no fue posible tener una respuesta. 

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