Desde el 1 de diciembre entró en vigencia la ley que incorpora cambios al Seguro de Cesantía, ayuda económica que es administrada por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

Las modificaciones, que se han conocido como un fortalecimiento al Seguro de Cesantíason principalmente aquellas que tienen que ver con la flexibilización de los requisitos, lo que va en directo beneficio de quienes quedaron cesantes sin acumular demasiados meses de continuidad laboral.

¿Cuáles son los nuevos requisitos del Seguro de Cesantía?

  • En el caso de financiamiento con la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), si el beneficiario tiene contrato indefinido o es trabajador(a) de casa particular, ahora necesita 10 cotizaciones, en vez de las 12 que necesitaba antes. En el caso de contrato fijo o por obra, ahora son 5 en lugar de 6.
  • Para el Fondo de Cesantía Solidario, cualquiera sea el tipo de contrato, se necesitan 10 cotizaciones, las 3 últimas continuas y con el mismo empleador, disminuyendo la exigencia anterior de 12 cotizaciones.

 Otros cambios al Seguro de Cesantía

  • Cuenta Individual con todo tipo de contrato: aumenta el porcentaje del segundo pago a un 60% de la renta imponible promedio.
  • Fondo de Cesantía Solidario con contrato indefinido: aumenta el porcentaje del segundo pago a un 60% de la renta imponible promedio.
  • Fondo de Cesantía Solidario con contrato a plazo fijo o por obra/faena: aumenta el primer pago a un 60% de la renta imponible promedio y el beneficio se extiende de tres a cinco pagos mensuales.
  • Activación especial ante estado de catástrofe por calamidad pública, zona afectada por catástrofe o alerta sanitaria: En estos casos, se disminuirán los requisitos y se incrementarán, excepcionalmente, los montos de hasta dos pagos del Seguro de Cesantía, beneficiando a las personas que pierdan su trabajo en las zonas afectadas.
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