Los 10 cambios tributarios del plan de Kast: qué cambia, a quién beneficia y el costo fiscal del paquete
1. Baja el impuesto a las empresas. El proyecto propone una rebaja escalonada del impuesto de Primera Categoría desde el 27% hasta 23%: baja a 25,5% en 2027, a 24% en 2028 y a 23% en 2029. Para las pymes, en tanto, la tasa se reduce desde 25% a 23% a partir de 2030.
- Así, el Gobierno quiere que invertir en Chile vuelva a verse más atractivo al reducir el impuesto que pagan las utilidades de las empresas. Se trata de una de las señales más potentes del paquete económico y, al mismo tiempo, una de las que genera mayor costo fiscal.
2. Vuelve la integración total. Este es uno de los cambios más técnicos, pero también más relevantes. Hoy, en el régimen semiintegrado, cuando una empresa paga impuesto, sus dueños solo pueden usar como crédito el 65% de ese monto al momento de pagar sus impuestos finales: el 35% restante se pierde. El proyecto elimina esa obligación de restitución y vuelve a un sistema de integración total.
- En este caso, si la empresa pagó impuesto, ese pago vuelve a contar al 100% para sus dueños.
- El propio informe del proyecto muestra que, mientras en el sistema integrado la carga máxima efectiva podía alinearse con una tasa de 35%, en el semiintegrado podía subir hasta 44,45%.
- Un ejemplo: si una empresa pagó $100 de impuesto, hoy el dueño solo puede usar $65 como crédito y $35 se pierden; con la integración total, podría usar los $100 completos.
3. Se elimina el impuesto de 10% a la ganancia de capital bursátil. El Gobierno propone eliminar el impuesto único de 10% a la venta con ganancia de acciones y otros valores con presencia bursátil. Su argumento es doble: que la recaudación obtenida ha sido menor a la esperada y que el tributo terminó afectando el interés de los inversionistas en el mercado local.
- La Moneda concluyó que este impuesto ha aportado menos caja de la prevista y más costos para el mercado de capitales, por lo que optó por volver al régimen anterior.
4. IVA cero por 12 meses para viviendas nuevas. Desde agosto de 2026 hasta agosto de 2027, la primera venta de viviendas nuevas quedaría exenta de IVA. La justificación del Ejecutivo es que la construcción arrastra una crisis prolongada: el sector habría destruido cerca de 180 mil empleos, el déficit habitacional supera las 800 mil viviendas y hay más de 100 mil unidades nuevas sin comprador. El mensaje agrega que, desde 2008, el precio real de las viviendas nuevas ha subido 110%, frente a un alza de 30% en los salarios.
5. El DFL 2 cambia desde la tercera vivienda. El proyecto mantiene el tratamiento vigente para las dos primeras viviendas DFL2 de personas naturales, pero desde la tercera en adelante crea un régimen especial: un impuesto único de 5% sobre las rentas de arrendamiento, siempre que se trate de propiedades de hasta 90 metros cuadrados, en lugar del tope actual de 140 m².
- Ese mismo sistema también podrá ser usado por personas jurídicas y por personas naturales que asignen estas viviendas a su empresa individual, con permanencia mínima de cinco años tributarios.
- El Gobierno busca hacer más atractivo invertir en vivienda para arriendo de menor tamaño y apoyar la oferta habitacional, manteniendo el beneficio para pequeños propietarios, pero redirigiendo el incentivo hacia un segmento más acotado.

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6. Se abre una ventana para regularizar capitales en el exterior. El proyecto crea un sistema extraordinario y voluntario para declarar bienes o rentas que estén fuera de Chile pagando un impuesto único de 10%. Si esos recursos se repatrían y se invierten efectivamente en el país, la tasa baja a 7%. El propio informe financiero señala que esos fondos podrán destinarse a acciones con presencia bursátil, bonos o bienes raíces acogidos al DFL2, entre otros instrumentos.
- La administración Kast apuesta a atraer capitales de vuelta al país con un premio tributario para quienes los traigan e inviertan en Chile, apostando a que parte de esos recursos se canalice hacia el mercado financiero y la vivienda.
7. Una ventana para retirar utilidades antiguas pagando 10%. El proyecto abre una salida para empresas que mantienen utilidades antiguas acumuladas en registros tributarios y también para retiros en exceso pendientes del antiguo FUT. La idea es que puedan optar, dentro de 8 meses, por pagar un impuesto único de 10% sobre todo o parte de esos saldos.
- Así, el Gobierno ofrece una forma de destrabar fondos que hoy siguen “atrapados” por razones tributarias. A cambio, las empresas pierden los créditos asociados, pero una vez pagado el impuesto podrán retirar, distribuir o remesar esos recursos sin nuevas cargas.
8. Donar será más barato. El proyecto contempla una rebaja transitoria de 50% del impuesto a las donaciones. El beneficio aplicará a las donaciones hechas por escritura pública dentro del año siguiente, contado desde el primer día del mes subsiguiente a la publicación de la ley. La justificación oficial es triple: transformar una recaudación futura e incierta en ingresos efectivos para el Estado, incentivar la formalización temprana del patrimonio y desincentivar planificaciones tributarias complejas.
- El beneficio, eso sí, tiene límites: la donación debe respetar las asignaciones forzosas, no puede superar el 75% del patrimonio total del donante y, si el bien se vende dentro de 3 años, se mantiene su costo tributario original.
9. Fin a contribuciones en primera vivienda a mayores. Aunque no es impuesto a la renta, esta medida también forma parte del paquete tributario. El proyecto exime del 100% del impuesto territorial a personas naturales de 65 años o más respecto de su vivienda principal, limitada a una sola propiedad y sujeta a fiscalización del SII.
10. Alivio para deudas atrasadas. El paquete incorpora otra medida menos vistosa, pero con efecto concreto. Muchas personas naturales y pequeñas empresas acumularon deudas con municipios y con Tesorería, y que en numerosos casos los intereses y multas ya superan el capital adeudado, dificultando la formalización y recargando la gestión de cobro.
- Por este motivo, el proyecto faculta a los municipios para condonar intereses y multas y renunciar al cobro de ciertas deudas, y autoriza a la Tesorería a otorgar facilidades de pago por 180 días para obligaciones vencidas al 31 de diciembre de 2025, con condonaciones de hasta 100% de intereses y 80% de multas en caso de pago al contado, o de hasta 95% y 75%, respectivamente, si se pacta un convenio de hasta 24 cuotas con un pie mínimo de 10%.
