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Beneficio para adquisición de viviendas para la clase media: ¿Cuáles serán los requisitos?

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El proyecto del Gobierno fue aprobado por el Senado y está listo para convertirse en ley. Descubre qué plantea y cuáles serán los requisitos para acceder al beneficio en T13.cl

Este miércoles, la sala del Senado aprobó y dejó listo para su promulgación el proyecto de ley que otorga un beneficio tributario para la adquisición de viviendas nuevas enfocado para la clase media.

La iniciativa establece un crédito tributario reembolsable para la adquisición de viviendas nuevas por un monto de un millón de pesos anuales, durante cinco años. 

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¿En qué consiste el futuro beneficio?

La iniciativa apoyará a las personas que adquieran una vivienda con crédito hipotecario, a través de un crédito tributario reembolsable, es decir, se rebaja el Impuesto Global Complementario o se da derecho a una devolución de hasta 16 UTM (un millón de pesos) por la adquisición de viviendas nuevas, en el período comprendido entre el mes siguiente a la publicación de la ley y el último día de septiembre de 2024.

El beneficio se entregará por cinco años, por lo que el monto total de rebaja tributaria o subsidio por contribuyente ascenderá a cinco millones de pesos.

Pixabay - Beneficio para adquisición de viviendas para la clase media: ¿Cuáles serán los requisitos?
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El beneficio será compatible con todos los subsidios para la adquisición de viviendas, y también con el beneficio tributario de rebaja del gasto en intereses hipotecarios de la base imponible del Impuesto Global Complementario. 

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¿Quiénes podrán acceder al beneficio?

El proyecto establece los siguientes requisitos: 

  • Que la vivienda adquirida se encuentre construida y con recepción final a la fecha de entrada en vigencia de la ley o, que a la fecha de entrada en vigencia de la ley no cuenten con recepción final conforme, siempre que respecto de ellas exista un contrato de promesa de compraventa posterior al 16 de octubre de 2023. 
  • Que la compraventa se haya realizado a partir de la entrada en vigencia de la ley y la vivienda adquirida se encuentre inscrita a nombre de la persona en el Conservador de Bienes Raíces respectivo antes del 1 de octubre de 2024.
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