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Consorcio va a la Corte Suprema tras fallido recurso de protección por retiro de rentas vitalicias

Consorcio va a la Corte Suprema tras fallido recurso de protección por retiro de rentas vitalicias
Diario Financiero
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La Corte de Apelaciones decidió declarar no admisible la acción judicial ingresada por la aseguradora local.

Continúa escalando la polémica en torno a los retiros anticipados de rentas vitalicias que otorgan las compañías de seguros de vida. 

Ayer, la Corte de Apelaciones de Santiago declaró no admisible el recurso de protección ingresado por Consorcio, su filial CN Life, y la aseguradora de la Cámara Chilena de la Construcción Confuturo, en contra del Presidente Sebastián Piñera, el Senado y la Cámara de Diputados, como representantes del Estado debido a la aprobación de la ley que permitió los adelantos. 

Ante esa resolución, Consorcio informó este jueves que llevará el caso a la Corte Suprema. La firma es representada por los socios de Claro y Cía. Cristóbal Eyzaguirre y Alex Van Weezel, y contó con un informe en derecho elaborado por el expresidente del Tribunal Constitucional, Carlos Carmona.

"En relación con la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, que declaró inadmisible el recurso de protección presentado por Consorcio y CN Life, se ha decidido deducir esta semana una reposición con apelación en subsidio para ante la Corte Suprema, considerando que la reforma transitoria a la Constitución, Ley N°21.330, que establece un anticipo de rentas vitalicias, viola derechos fundamentales reconocidos en la Constitución y en tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentran vigentes: el derecho a un trato igualitario o no discriminatorio, el acceso a la justicia, y el derecho de propiedad", indicó Consorcio. 

Desde la firma agregaron que están conscientes de la necesidad de ayudas económicas dada la actual crisis sanitaria, por lo que continuarán llevando adelante el proceso de retiros.

Sin embargo, acusaron que "no se puede imponer cargas a un grupo específico de la sociedad ni usar recursos de terceros para ello, por lo que corresponde que el Estado solvente los pagos efectuados y por efectuar. De esta forma, también se evitaría una disminución inmediata de las pensiones futuras de los clientes". 

Es por eso que defendieron el recurso de protección ingresado como "la vía oportuna" para impugnar la ley aprobada. 

Renta Nacional contra la CMF

Por otro carril corre el recurso de protección ingresado por Renta Nacional -aseguradora ligada al empresario Francisco Javier Errázuriz-, que presentó una acción judicial en contra de Comisión para el Mercado Financiero (CMF), particularmente en contra de la Circular N 1.208 emitida por el organismo el 30 de abril y que contiene las instrucciones administrativas de los adelantos. 

El lunes, la CMF resolvió rechazar dicha acción administrativa de la empresa, por lo que la aseguradora ahora llevará el caso a la Corte de Apelaciones de Santiago, presentando un reclamo de ilegalidad en contra del mencionado oficio. De este modo, se suma a los recursos que ya ingresaron Penta Vida, Bice Vida y 4 Life.

"El derecho de propiedad de las compañías se viola flagrantemente, pues se desconoce que los pensionados en modalidad de renta vitalicia han transferido sus fondos y con ello el riesgo de longevidad e inversión a las aseguradoras", acusa el texto.

En ese sentido, señalan que la Circular Nº1.208 profundizó dicha situación, incluso poniendo en riesgo el pago de pensiones. 

"Con ello, se acrecienta el perjuicio ocasionado a la compañía y se pone en riesgo el pago de pensiones futuras y la solvencia del mercado, pues no se entrega al pensionado o sus beneficiarios parte del dinero aportado por él como pago de la prima, sino que la CMF agrega provisiones aportadas por la compañía para cubrir contingencias futuras", acota. 

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