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Corte de La Serena declara un acto “ilegal y arbitrario” el toque de queda que hubo en la ciudad

Corte de La Serena declara un acto “ilegal y arbitrario” el toque de queda que hubo en la ciudad
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El tribunal de alzada de la ciudad de la región de Coquimbo además, ordenó al jefe de Defensa Nacional de aquella comuna, abstenerse a decretar toque de queda nuevamente.

La Corte de Apelaciones de La Serena declaró, en un fallo publicado este martes, que el toque de queda que rigió en la ciudad desde el domingo 20 de octubre hasta el lunes 28 del mismo mes fue “ilegal” y también “arbitrario”.

El tribunal de alzada acogió un recurso de protección interpuesto en contra del general de la brigada y jefe de la Defensa Nacional para las comunas de Coquimbo y La Serena Jorge Morales, quien fue el encargado de establecer la medida por más de una semana.

"En consecuencia, y no obstante haberse dejado sin efecto la medida de toque de queda, la medida cuestionada efectivamente constituyó un acto ilegal, en tanto la autoridad militar no se encontraba dotada de competencia para declarar la referida medida de toque de queda, y a la vez, arbitraria, ya que al dictar las respectivas Resoluciones Exentas, en los términos en que se hizo, carecen de fundamentos que la sustenten", dice el fallo.

Corte de La Serena declara un acto “ilegal y arbitrario” el toque de queda que hubo en la ciudad
Corte de La Serena declara un acto “ilegal y arbitrario” el toque de queda que hubo en la ciudad

"Por tanto, la conducta del recurrido constituye una perturbación y amenaza a la libertad de trabajo (…) que se encuentra garantizado en el artículo 19 N° 16 de la Constitución Política de la República, ya que su obrar le priva de desempeñar su jornada de trabajo en su consulta particular, por lo menos durante un determinado lapso de tiempo", agrega el documento.

El fallo de la Corte de Apelaciones fue dividido, con dos votos contra uno, y responde a un recurso presentado por Patricia Martínez, quien argumentó por sus derechos de llevar a cabo su trabajo y distintas actividades económicas.

El documento además ordena que la autoridad deberá abstenerse a decretar toque de queda nuevamente, “en la medida que no cuente con la delegación de facultades respectivas”.

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