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Por 80 votos a favor: Cámara de Diputados aprueba prohibir carreras de perros galgos en Chile

Aton - Por 80 votos a favor: Cámara de Diputados aprueba prohibición de carreras de perros en Chile
Daniela Lobos
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La sala respaldó por amplia mayoría la prohibición total de estas competencias para cualquier raza de perros y descartó la opción de regularlas. Las sanciones que impone el proyecto contemplan penas de presidio y multas de hasta 40 UTM para quienes organicen los eventos.
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Durante la noche de este martes, la Cámara de Diputadas y Diputados definió el futuro de las carreras de perros en Chile. El pleno aprobó la prohibición de estas competencias clandestinas  en el país, con 80 votos a favor, 41 en contra y 7 abstenciones.
 
En tanto, la moción alternativa que buscaba regular estas carreras fue rechazada por la sala tras recibir 68 votos en contra, 50 a favor y 10 abstenciones. 
 
Tras recibir una serie de modificaciones y propuestas, el texto tendrá que regresar a la Comisión de Medio Ambiente para que los diputados voten cada uno de sus puntos en detalle.
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Los diputados arrancaron una sesión especial pasadas las 19:30 de la tarde de este martes para destrabar la tensa discusión sobre el cuidado de estos animales. En la sala se confrontaron dos posturas bien definidas
 
Por un lado, la alternativa de prohibir y sancionar penalmente la organización de estos eventos. Por el otro, la opción de regularlos mediante una normativa estricta que controle su desarrollo.
 
Si bien la discusión pública se ha enfocado casi en su totalidad en la realidad de los galgos, el proyecto de ley abarca a los perros de cualquier raza para evitar que queden vacíos legales.
 

Cárcel y multas de hasta 40 UTM: Las sanciones que contempla el proyecto aprobado

En ese sentido, el proyecto que buscaba la prohibición total apuntaba a modificar la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas (conocida como Ley Cholito) para establecer castigos severos.

Las sanciones que contempla el texto aprobado contemplan las siguientes medidas:

  • Cárcel: Penas de presidio menor en su grado medio para quienes organicen estas actividades.
  • Multas económicas: Cobros que van desde las 20 hasta las 40 UTM para organizadores, y de 5 a 20 UTM para quienes promuevan o difundan las carreras.
  • Sanción de por vida: La inhabilidad absoluta y perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animales.

El artículo único de la iniciativa determina de forma explícita que “se prohíbe toda carrera de perros, cualquiera sea su raza, en todo el territorio nacional”.

Respecto al destino de los caninos detectados en estas actividades, el texto mandata que “los animales que sean utilizados en las carreras prohibidas en el inciso anterior, serán rescatados y entregados a una organización del Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro Promotoras de la Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, para que estos sean saneados, esterilizados y reubicados con una persona u organización que asuma su tenencia responsable”.

La normativa también persigue las redes de difusión del negocio, aclarando que “quienes las promuevan, faciliten o difundan por cualquier medio, serán castigados con multa de 5 a 20 unidades tributarias mensuales (UTM)”. 

Finalmente, el documento bloquea los beneficios carcelarios automáticos para los condenados al establecer que “las personas condenadas en virtud del inciso anterior, no podrán solicitar la aplicación de la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, prevista en el Párrafo 1º del Título I de la ley Nº18.216”.

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