Renuncia no fue voluntaria: fallo obliga a clínica a pagar millonaria compensación
Renuncia no fue voluntaria: fallo obliga a clínica a pagar millonaria compensación - Agencia Uno y Freepik
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Un fallo del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago estableció que la renuncia presentada por una técnica en enfermería tras más de una década de funciones no fue producto de una decisión voluntaria, sino de un proceso de presión ejercido por su empleador, Servicios Médicos Santa María Limitada, entidad vinculada a Clínica Santa María, en la Región Metropolitana.
La sentencia determinó que la desvinculación correspondió, en los hechos, a un despido encubierto, por lo que ordenó el pago de compensaciones que superan los $24 millones. La clínica, no obstante, decidió impugnar la resolución ante la Corte de Apelaciones de Santiago, instancia que deberá revisar el caso.
Los antecedentes analizados por el tribunal sitúan el origen del conflicto en agosto de 2024. En esa fecha, la trabajadora, identificada por sus iniciales M.A.P.G., fue convocada a una reunión con sus superiores jerárquicos. Según quedó acreditado, el encuentro se desarrolló en un espacio cerrado, con la presencia de varios representantes de la empresa, donde se le atribuyó una supuesta infracción grave asociada a una receta médica.

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Durante la cita, la funcionaria enfrentó un ultimátum: presentar su renuncia en ese mismo momento o exponerse a un despido inmediato, posibles acciones legales e incluso consecuencias sobre su título profesional. Horas más tarde, y aún dentro del recinto asistencial, la TENS ingresó su renuncia mediante el sistema electrónico de la Dirección del Trabajo.
Para la jueza Carolina Luengo Portilla, ese acto no reflejó una manifestación libre de voluntad. En su razonamiento, concluyó que la decisión estuvo condicionada por un entorno de presión que anuló el carácter voluntario de la renuncia, restándole validez jurídica.
La resolución puso énfasis en el estado en que quedó la trabajadora tras el episodio. Testigos declararon que presentó un fuerte impacto emocional, con signos evidentes de afectación física y psicológica. En ese sentido, el tribunal consideró inverosímil que una persona con once años de trayectoria optara por abandonar su empleo de manera inmediata, justo al momento de recibir imputaciones graves y sin un plazo razonable para evaluar su situación.
“Que, sobre la base de estos hechos, es posible determinar que la actora fue presionada por su empleador para presentar su renuncia en la reunión habida con su jefatura, siendo expresión de ello que el requerimiento de renuncia, fueron efectuados sin resguardos ni consideraciones a la persona de la demandante”, consignó el fallo.

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En su análisis final, el juzgado sostuvo que la empresa tenía la facultad de iniciar un procedimiento disciplinario formal si estimaba que existían antecedentes suficientes para un despido por causa grave. Sin embargo, al forzar la renuncia, evitó seguir el cauce legal establecido, trasladando de manera indebida el peso del término del contrato a la trabajadora y vulnerando sus derechos laborales.
Por esta razón, el tribunal calificó la desvinculación como un despido injustificado y ordenó el pago de una indemnización sustitutiva de aviso previo por $1.400.482, una compensación por años de servicio de $15.405.302, junto a un recargo legal del 50%, equivalente a $7.702.651, además de los reajustes e intereses correspondientes.
Consultada por el fallo, Clínica Santa María emitió una breve declaración en la que señaló: “Respecto a la acción judicial mencionada, Clínica Santa María aclara que el proceso se encuentra actualmente pendiente de resolución ante la Corte de Apelaciones de Santiago, por lo cual la institución no se referirá al tema”.

