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Subsidio de Arriendo 2019: Quiénes pueden postular al beneficio y a qué viviendas se puede acceder

Subsidio de Arriendo 2019: Quiénes pueden postular al beneficio y a qué viviendas se puede acceder
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El apoyo consiste en un subsidio de hasta 3,2 UF, siempre y cuando el costo del arriendo no supere las 9,2 UF mensuales.

Hasta el 15 de noviembre tienen los interesados para postular al Programa de Subsidio de Arriendo 2019, un proceso que abrió en marzo de este año.

El programa está estinado a familias vulnerables y de sectores medios, allegadas y arrendatarias, que necesitan una solución habitacional flexible por un tiempo determinado.

¿Quiénes pueden postular al beneficio?

Según indica el Ministerio de Vivienda y Urbanismo en su sitio web, el subsidio está dirigido a familias que pertenezcan al 70% más vulnerable de la población y que sean capaces de realizar un desembolso mensual destinado a pagar un arriendo.

¿Cuánto dinero contempla el subsidio?

El apoyo consiste en un subsidio de hasta 3,2 UF mensuales -cerca de 90 mil pesos- hasta completar su valor total de 170 UF, beneficio que puede ser utilizado de manera consecutiva o fragmentada en un plazo máximo de 8 años, para ser destinado al pago de una renta de arrendamiento.

¿A qué viviendas se puede acceder?

El contrato de arriendo podrá ser de un monto mensual de hasta 9,2 UF (unos 250 mil pesos considerando la UF del día). El valor del subsidio se ajusta de manera que no supere el 80% de la renta acordada. Los montos máximos de subsidio mensual y contrato pueden variar según la localización geográfica de la comuna en que se encuentra la vivienda.

De esta forma, las familias deberán pagar solo una parte del valor de su arriendo cada mes, porque la otra es cancelada por el subsidio obtenido.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Tener más de 18 años de edad durante el año del llamado (postulantes nacidos hasta el año 2001 inclusive).

  • En el caso de postulantes extranjeros, deben presentar la cédula de identidad para extranjeros vigente.

  • La conformación del núcleo familiar debe contemplar, además del postulante, al menos a su cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo. En caso de postulante adulto mayor, mayores de 60 años cumplido el año calendario de la postulación, (nacidos hasta el año 1959 inclusive) no es requisito contar con núcleo familiar.

  • Pertenecer al 70% más vulnerable de la población, de acuerdo a la calificación socioeconómica vigente.

  • Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF al día de la postulación. Se aceptarán comprobantes de depósito con máximo 30 días de antigüedad. La cuenta debe estar a nombre del postulante, su cónyuge o conviviente civil. (Según lo establecido en la Ley de Unión Civil).

  • Declarar el monto total del ingreso mensual del núcleo familiar, incorporado a su declaración de núcleo. Este debe ser de al menos 7 UF y no exceder las 25 UF. Por cada integrante del núcleo familiar que exceda de tres, el ingreso máximo mensual del grupo familiar se incrementará en 8 Unidades de Fomento.

Para postular o revisar todos los requisitos puedes hacer click en este enlace.

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