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DF | Los cambios claves a la jornada laboral que busca el gobierno con la nueva reforma

DF | Los cambios claves a la jornada laboral que busca el gobierno con la nueva reforma
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Tres ejes considera la reforma laboral que ingresará al Congreso: Trabajo, familia e inclusión.
Señal
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Se cumplió el plazo y el gobierno presentó esta mañana en La Moneda la reforma laboral, la que de acuerdo a lo indicado por el presidente Piñera contará con tres ejes claves: Trabajo, familia e inclusión.

El documento que ingresará al Congreso busca establecer importantes modificaciones a la estructura laboral actual como fijación de mensual de horas de trabajo, horas extraordinarias, recuperación de horas de permiso,  regulación del trabajo en plataformas digitales, trabajo infantil, etc.

A continuación algunos de los principales puntos: 

-Jornada mensual de 180 horas a nivel individual que podrán ser distribuidas en forma diferente cada semana. 

-Jornada semanal distribuida en no menos de 4 días ni más de 6, así, por ejemplo, los trabajadores podrían prestar servicios de lunes a jueves, y descansar viernes, sábado y domingo.

Una bolsa de horas extraordinarias. Se plantea establecer bolsas de horas extraordinarias, semanales o mensuales, según sea la jornada elegida por cada trabajador, en que el límite estará dado por la semana o el mes y no por el día como es en la actualidad.

Compensación de horas extraordinarias con días adicionales de vacaciones: Se establece
la posibilidad de que el trabajador opte porque se le compensen algunas horas extraordinarias por más vacaciones. 

Convenir alternativas de horario de inicio y término de jornada

Anticipar o postergar la recuperación de horas de permiso autorizado

Disminuir el tiempo de colación para adelantar el horario de salida: En la medida en que el tiempo de colación sea superior al mínimo legal de 30 minutos, el trabajador podrá solicitar al empleador su rebaja en el remanente del tiempo mínimo -hasta en una hora al día- para adelantar la salida del trabajo.

Adaptar la jornada de trabajo en períodos de vacaciones familiares: Se propone que las partes puedan pactar, durante los períodos de vacaciones familiares, distintas del feriado legal, la prestación de servicios mediante la modalidad de trabajo a distancia o que se reduzca su jornada laboral diaria.

Contrato de formalización: A través de este contrato se busca promover la formalización del trabajo en eventos extraordinarios, ocasionales o no permanentes, pero que igualmente, en ciertas ocasiones dadas sus características, constituyen relación laboral. El empleador deberá convocar al trabajador a prestar servicios con una anticipación mínima de 24 horas, quien podrá aceptar o rechazar dicha convocatoria. En compensación de la mayor flexibilidad de este tipo de contrato, la remuneración se establecerá en base a día trabajado y su pago no podrá ser inferior al ingreso mínimo mensual que determina la ley.

Regulación de las economías de plataforma: Los servicios prestados por personas naturales a través de plataformas digitales de intermediación no darán origen a una relación laboral, en la medida en que no existan los elementos propios de este tipo de vínculo. No obstante, los prestadores de dichos servicios estarán obligados a emitir boletas de honorarios, asegurándose de acceder a protección social. 

Alinear los conceptos utilizados en nuestra normativa a aquellos utilizados por la OIT para el trabajo infantil:  En vez de hablarse de menores de edad, se hace referencia a niños, niñas y adolescentes.

Fortalecer las acciones relacionadas a la erradicación del trabajo infantil y adolescente protegido, aumentando las multas asociadas al trabajo infantil, las cuales actualmente se rigen por las normas generales contenidas en el Código del Trabajo y no distinguen mayormente entre trabajo infantil y trabajo adolescente protegido. 

Si bien se mantiene el máximo semanal de 30 horas para la jornada laboral de los adolescentes, se reduce la jornada diaria en período escolar de 8 a 6 horas diarias,

Políticas de género y medidas en pos de la inclusión femenina: La obligación de la empresa de incluir en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, sus políticas de buenas prácticas laborales, las cuales, entre otras cosas, podrán abordar materias tales como sus políticas de género y de inclusión laboral.

Obligación de incorporar mujeres en el Comité Paritario de Higiene y Seguridad y en el Comité Bipartito de Capacitación y Empleo.

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